Presidencia De La Junta. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2023061812)
Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención durante el ejercicio 2023.
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NÚMERO 90
Viernes 12 de mayo de 2023
30365
EXTRACTO de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para
el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención
durante el ejercicio 2023. (2023061812)
BDNS(Identif.): 693434
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b. y 20.8.a. de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de las ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría intervención, correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el
presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Se convocan las ayudas para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención para 2023.
Segundo. Objeto.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría intervención,
de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante el Decreto 50/2017, de 18 de abril
(DOE n.º 78, de 25 de abril).
Tercero. Entidades beneficiarias.
1. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en esta resolución:
a) Las agrupaciones de entidades locales constituidas para el mantenimiento en común de
un único puesto de secretaría-intervención.
b) Las entidades locales que se encuentren en proceso de constituir agrupación para el
mantenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención, que tengan
aprobados los estatutos por los respectivos plenos, y hayan remitido el correspondiente
expediente a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Extremadura,
antes de la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.
2. Las entidades locales solicitantes deben cumplir los requisitos previstos en el punto 2 del
artículo 3 del Decreto 50/2017, de 18 de abril, y no encontrarse en las circunstancias previstas en el punto 3 del artículo 3 del mismo texto legal. Del mismo modo, deben estar al
Viernes 12 de mayo de 2023
30365
EXTRACTO de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para
el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención
durante el ejercicio 2023. (2023061812)
BDNS(Identif.): 693434
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b. y 20.8.a. de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de las ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría intervención, correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el
presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Se convocan las ayudas para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención para 2023.
Segundo. Objeto.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría intervención,
de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante el Decreto 50/2017, de 18 de abril
(DOE n.º 78, de 25 de abril).
Tercero. Entidades beneficiarias.
1. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en esta resolución:
a) Las agrupaciones de entidades locales constituidas para el mantenimiento en común de
un único puesto de secretaría-intervención.
b) Las entidades locales que se encuentren en proceso de constituir agrupación para el
mantenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención, que tengan
aprobados los estatutos por los respectivos plenos, y hayan remitido el correspondiente
expediente a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Extremadura,
antes de la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.
2. Las entidades locales solicitantes deben cumplir los requisitos previstos en el punto 2 del
artículo 3 del Decreto 50/2017, de 18 de abril, y no encontrarse en las circunstancias previstas en el punto 3 del artículo 3 del mismo texto legal. Del mismo modo, deben estar al