Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2023061814)
Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2023.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 90
Viernes 12 de mayo de 2023
30381
EXTRACTO de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento
de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el
ejercicio 2023. (2023061814)
BDNS(Identif.): 693435
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades extremeñas en el exterior y sus
federaciones, siempre que acrediten cumplir los requisitos específicos determinados en el Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras
de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas
en el exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo) y en la convocatoria y no se
hallen incursas en alguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario en los apartados recogidas 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Objeto.
Ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el
exterior y sus federaciones correspondiente al ejercicio 2023.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades
extremeñas en el exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo); (Corrección de
errores publicada en DOE n.º 67, de 12 de abril).
Cuarto. Cuantía.
Se destinará una cantidad total de cuarenta y siete mil cuatrocientos euros (47.400,00 €),
con cargo a los créditos autorizados en la posición presupuestaria 020040000/G/253C/78000,
proyecto de gasto 20160007 “Fortalecimiento de las comunidades y federaciones de comunidades extremeñas en el exterior” y con fuente de financiación CA de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023”.
Viernes 12 de mayo de 2023
30381
EXTRACTO de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento
de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el
ejercicio 2023. (2023061814)
BDNS(Identif.): 693435
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades extremeñas en el exterior y sus
federaciones, siempre que acrediten cumplir los requisitos específicos determinados en el Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras
de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas
en el exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo) y en la convocatoria y no se
hallen incursas en alguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario en los apartados recogidas 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Objeto.
Ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el
exterior y sus federaciones correspondiente al ejercicio 2023.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades
extremeñas en el exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo); (Corrección de
errores publicada en DOE n.º 67, de 12 de abril).
Cuarto. Cuantía.
Se destinará una cantidad total de cuarenta y siete mil cuatrocientos euros (47.400,00 €),
con cargo a los créditos autorizados en la posición presupuestaria 020040000/G/253C/78000,
proyecto de gasto 20160007 “Fortalecimiento de las comunidades y federaciones de comunidades extremeñas en el exterior” y con fuente de financiación CA de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023”.