Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061771)
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de alojamientos rurales, cuya promotora es María José Cobos Sevilla, en el término municipal de El Torno (Cáceres). Expte.: IA22/0238.
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NÚMERO 89
Jueves 11 de mayo de 2023



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— Para retranqueos, reposición o instalación de cerramientos, se deberá atender a lo
dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



— En cuanto al vallado del cerramiento que tal vez se desee ejecutar, se indica que en
el caso de que éste discurriera por encima de cualquier cauce es posible que pueda
suponer un obstáculo para el libre fluir de las aguas con el consecuente riesgo de
taponamiento por arrastre de troncos, ramas, etc. Por ello se recomienda dejar expedito el cauce de manera que se permita la libre circulación de las aguas, así como
el posible tránsito de fauna acuática a través de él, tanto en el sentido de la corriente
como en el sentido contrario. No se permitirá por ellos la construcción de un vallado
que en la zona del cauce suponga una estructura que llegue hasta la lámina de agua,
por lo cual el cruce del cauce se deberá diseñar de forma que el cerramiento quede
elevado sobre el mismo en al menos un metro.



— Toda actuación que se realice en zona de policía de cualquier cauce público, definida
por 100 metros de anchura medidos horizontalmente a partir del cauce, deberá contar con la preceptiva autorización del organismo de cuenca, según establece la vigente legislación de aguas, y en particular las actividades mencionadas en el artículo 9
del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.



— El abastecimiento de aguas, según se indica en la documentación, se va a realizar
mediante un pozo existente en la finca. Para realizar el abastecimiento desde dicho
pozo, es necesario solicitar a la Confederación Hidrográfica del Tajo el correspondiente título concesional mediante una solicitud de aprovechamientos de aguas, que
en función de las características del aprovechamiento se diferencian en inscripción o
concesión, según corresponda.



— En lo que respecta a las captaciones de agua (pozos, sondeos, tomas superficiales,
etc.):



• Garantizar la seguridad de las captaciones de agua es una obligación de los propietarios y/o titulares de los mismos y, por ende, las responsabilidades recaen sobre
éstos.



• A raíz de lo anterior, han de adoptarse medidas para garantizar la seguridad y
evitar la ocurrencia de accidentes en cualquier captación de agua (pozos, sondeos,
tomas superficiales, etc.), para lo cual, en lo que respecta a pozos y sondeos se
detallan las siguientes indicaciones: