Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2023061785)
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Consejera, por la que se aprueba definitivamente el proyecto complementario de acceso secundario del Proyecto de Interés Regional Hospital Don Benito-Villanueva de la Serena, en Don Benito.
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NÚMERO 89
Jueves 11 de mayo de 2023

30093

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2023, de la Consejera, por la que se aprueba
definitivamente el proyecto complementario de acceso secundario del
Proyecto de Interés Regional Hospital Don Benito-Villanueva de la Serena,
en Don Benito. (2023061785)
Visto el expediente relativo al proyecto complementario del Proyecto de Interés Regional
promovido por la Consejería de Sanidad y Dependencia, a través del Servicio Extremeño de
Salud, para construcción de acceso secundario al nuevo hospital, en terrenos situados junto
a la carretera EX-206 (Don Benito-Villanueva de la Serena), en el término municipal de Don
Benito (PIR aprobado definitivamente por Decreto 41/2009, de 6 de marzo y publicado en el
DOE n.º 49, de fecha 12 de marzo).
Conforme a lo preceptuado por el párrafo 3 del artículo 60 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (en lo sucesivo LSOTEX), según
el cual: “Los Proyectos de Interés Regional deberán asegurar en todos los casos el adecuado
funcionamiento de las obras e instalaciones que constituyan su objeto, mediante la realización
de cuantas otras sean precisas tanto para la eficaz conexión de aquellas a las redes generales correspondientes, como para la conservación, como mínimo, de la funcionalidad de las
infraestructuras y los servicios ya existentes”.
Considerando que las obras propuestas y solicitadas por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales, a través del Servicio Extremeño de Salud, han de ser calificadas como proyecto
complementario del Proyecto de Interés Regional y que, en consecuencia, la competencia
para su aprobación definitiva corresponde a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio, de acuerdo con el artículo 5.2.c) del Decreto 50/2016, de 26 de abril,
de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización
y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
La Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, entra en vigor en junio de 2019, y dispone en su disposición transitoria tercera,
punto 1, que: “En el caso de los Proyectos de Interés Regional aprobados definitivamente,
cuyas obras de ejecución no hayan finalizado totalmente a la entrada en vigor de la presente
ley, se les aplicará, además de las determinaciones previstas en la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, el régimen acerca de la ejecución
de las obras previsto en el artículo 41.2 de la presente ley”.
A su vez, el mencionado artículo 41.2 dispone que “La Consejería competente por razón de la
materia deberá realizar el seguimiento del desarrollo de las obras de ejecución del Proyecto
de Interés Regional y evacuar, a su finalización, informe sobre la adecuación de lo ejecutado a
lo establecido en dicho proyecto de interés regional. Dicho informe será publicado en el portal
de transparencia de la Junta de Extremadura”.