Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061765)
Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de una superficie de 19,1 hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Francisco Javier González Suárez, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez. Expte.: IA19/0752.
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NÚMERO 89
Jueves 11 de mayo de 2023

30129

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión
de aguas subterráneas para puesta en riego de una superficie de 19,1
hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Francisco Javier González Suárez,
en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez. Expte.: IA19/0752.
(2023061765)

La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental
simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos
significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª de sección 2.ª del
capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de “Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de una superficie de
19,1 hectáreas de olivar”, ubicado en las parcelas 124 y 179 del polígono 12 el término municipal de Puebla de Sancho Pérez (Badajoz), para el cual, con fecha 16 de abril de 2021 la
Dirección General de Sostenibilidad formuló informe de valoración ambiental en respuesta a
consulta ambiental realizada por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, se encuadra en
el grupo 1. “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería” epígrafe d) “Proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura” punto 2.º “Proyectos de transformación a regadío
o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha, no incluidos
en el anexo IV” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es D. Francisco Javier González Suárez.
La autorización administrativa para la concesión de aguas subterráneas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, le corresponde la planificación de los recursos
hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de las competencias propio de la Comunidad
Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de
marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.