Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. (2023040075)
Decreto 35/2023, de 19 de abril, por el que se aprueba el Catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 89
29933
Jueves 11 de mayo de 2023
Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre, por la que se
modifica la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero.
Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se
aprueba el reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, de 12
de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los
menores.
Decreto 181/2010, de 27 de agosto, por el que se aprueba
el estatuto de Organización y Funcionamiento de los
centros para la ejecución de medidas privativas de libertad
de menores infractores.
Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de
Extremadura.
Instrucción 01/2019, de 30 de enero, de la Dirección
General de Políticas Sociales e Infancia y Familia, para la
ordenación de procedimientos en la ejecución de medidas
judiciales dictadas por los Juzgados de menores.
Contacto/Enlaces web de Centro de cumplimiento de medidas judiciales Vicente
interés
Marcelo Nessi.
Ctra. de Campomayor s/n. Badajoz.
Teléfono: 924 00 19 00.
Email: ccmj.marcelonessi@salud-juntaex.es
Denominación
Nivel de atención social
Descripción
2.1.1.24. Mediación Familiar
Especializada.
Proceso dirigido a dar soluciones prácticas, efectivas y
rentables a determinados conflictos entre partes y ello la
configura como una alternativa al proceso judicial o a la vía
arbitral, de los que se ha de deslindar con claridad. La
mediación familiar está construida en torno a la
intervención de un profesional neutral que facilita la
resolución del conflicto por las propias partes, de una
forma equitativa, permitiendo el mantenimiento de las
relaciones subyacentes, así como mejorándolas, y
conservando el control sobre el final del conflicto.
El proceso de mediación familiar dura 60 días con un
máximo de 8 sesiones, que parte de unos principios y a
través de unas fases que citamos a continuación.
Principios:
- Voluntariedad y libre disposición.
- Imparcialidad y neutralidad.
- Confidencialidad de la Mediación Familiar y secreto
profesional de la persona mediadora.
- Carácter de inmediación y presencialidad.
- Buena fe y transparencia.
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Jueves 11 de mayo de 2023
Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre, por la que se
modifica la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero.
Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se
aprueba el reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, de 12
de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los
menores.
Decreto 181/2010, de 27 de agosto, por el que se aprueba
el estatuto de Organización y Funcionamiento de los
centros para la ejecución de medidas privativas de libertad
de menores infractores.
Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de
Extremadura.
Instrucción 01/2019, de 30 de enero, de la Dirección
General de Políticas Sociales e Infancia y Familia, para la
ordenación de procedimientos en la ejecución de medidas
judiciales dictadas por los Juzgados de menores.
Contacto/Enlaces web de Centro de cumplimiento de medidas judiciales Vicente
interés
Marcelo Nessi.
Ctra. de Campomayor s/n. Badajoz.
Teléfono: 924 00 19 00.
Email: ccmj.marcelonessi@salud-juntaex.es
Denominación
Nivel de atención social
Descripción
2.1.1.24. Mediación Familiar
Especializada.
Proceso dirigido a dar soluciones prácticas, efectivas y
rentables a determinados conflictos entre partes y ello la
configura como una alternativa al proceso judicial o a la vía
arbitral, de los que se ha de deslindar con claridad. La
mediación familiar está construida en torno a la
intervención de un profesional neutral que facilita la
resolución del conflicto por las propias partes, de una
forma equitativa, permitiendo el mantenimiento de las
relaciones subyacentes, así como mejorándolas, y
conservando el control sobre el final del conflicto.
El proceso de mediación familiar dura 60 días con un
máximo de 8 sesiones, que parte de unos principios y a
través de unas fases que citamos a continuación.
Principios:
- Voluntariedad y libre disposición.
- Imparcialidad y neutralidad.
- Confidencialidad de la Mediación Familiar y secreto
profesional de la persona mediadora.
- Carácter de inmediación y presencialidad.
- Buena fe y transparencia.