Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. (2023040075)
Decreto 35/2023, de 19 de abril, por el que se aprueba el Catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 89
Jueves 11 de mayo de 2023
29919
Denominación
2.1.1.13. Información, Formación y Valoración en
Adopción de Menores
Nivel de atención social
Especializada
Descripción
Informar y formar a familias interesadas en la adopción, así
como evaluar y resolver su idoneidad para ser familia
adoptiva.
Población destinataria
Familias interesadas en la adopción
Objeto/finalidad
Organizar sesiones informativas y de preparación para
solicitantes.
Valorar las capacidades parentales de los solicitantes en
función de las personas menores a adoptar.
Naturaleza de la prestación Prestación de servicios
Tipo de la prestación
Garantizada
Requisitos de acceso
- La persona adoptante debe ser mayor de veinticinco años
(si son dos las personas adoptantes bastarán con que
uno/a de ellos/as haya alcanzado dicha edad).
- La diferencia de edad entre adoptante y adoptando será
de como mínimo dieciséis años y no podrá ser superior a
cuarenta y cinco años, salvo en los casos previstos en el
apdo. 2 del Art. 176, Código Civil.
- En el caso de matrimonios y parejas de hecho, estar
inscritas como tal en el Registro de Parejas de Hecho de la
consejería competente.
- Ser persona declarada psicosocialmente idónea para la
adopción.
- En el caso de Adopción Internacional, cumplir los
requisitos de la legislación vigente en el país de origen de
la persona menor de edad.
Procedimiento de acceso
A solicitud de la persona interesada
Plazo de concesión
6 meses a contar desde el momento en que la solicitud de
valoración haya tenido entrada en el Sistema de Registro
Único de la Junta de Extremadura.
Participación
de
las Carácter gratuito
personas usuarias en la
financiación
Causas de suspensión y Artículos 33 (suspensión del proceso de valoración) y 34
extinción
(cese del proceso de valoración) del Decreto 101/2018, de
3 de julio, por el que se regula la actuación de la
Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en materia de adopción de menores.
Administración Pública a Autonómica
quién compete su prestación
Régimen
de Con el procedimiento de valoración del acogimiento familiar
incompatibilidad
de forma simultánea, en calidad de familia ajena.
Normativa de referencia
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección
Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil
y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del
sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de
Jueves 11 de mayo de 2023
29919
Denominación
2.1.1.13. Información, Formación y Valoración en
Adopción de Menores
Nivel de atención social
Especializada
Descripción
Informar y formar a familias interesadas en la adopción, así
como evaluar y resolver su idoneidad para ser familia
adoptiva.
Población destinataria
Familias interesadas en la adopción
Objeto/finalidad
Organizar sesiones informativas y de preparación para
solicitantes.
Valorar las capacidades parentales de los solicitantes en
función de las personas menores a adoptar.
Naturaleza de la prestación Prestación de servicios
Tipo de la prestación
Garantizada
Requisitos de acceso
- La persona adoptante debe ser mayor de veinticinco años
(si son dos las personas adoptantes bastarán con que
uno/a de ellos/as haya alcanzado dicha edad).
- La diferencia de edad entre adoptante y adoptando será
de como mínimo dieciséis años y no podrá ser superior a
cuarenta y cinco años, salvo en los casos previstos en el
apdo. 2 del Art. 176, Código Civil.
- En el caso de matrimonios y parejas de hecho, estar
inscritas como tal en el Registro de Parejas de Hecho de la
consejería competente.
- Ser persona declarada psicosocialmente idónea para la
adopción.
- En el caso de Adopción Internacional, cumplir los
requisitos de la legislación vigente en el país de origen de
la persona menor de edad.
Procedimiento de acceso
A solicitud de la persona interesada
Plazo de concesión
6 meses a contar desde el momento en que la solicitud de
valoración haya tenido entrada en el Sistema de Registro
Único de la Junta de Extremadura.
Participación
de
las Carácter gratuito
personas usuarias en la
financiación
Causas de suspensión y Artículos 33 (suspensión del proceso de valoración) y 34
extinción
(cese del proceso de valoración) del Decreto 101/2018, de
3 de julio, por el que se regula la actuación de la
Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en materia de adopción de menores.
Administración Pública a Autonómica
quién compete su prestación
Régimen
de Con el procedimiento de valoración del acogimiento familiar
incompatibilidad
de forma simultánea, en calidad de familia ajena.
Normativa de referencia
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección
Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil
y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del
sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de