Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. (2023040075)
Decreto 35/2023, de 19 de abril, por el que se aprueba el Catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 89
Jueves 11 de mayo de 2023
Denominación
29917
2.1.1.12. Información, Formación y Valoración Psicosocial
a Familias solicitantes de Acogimiento Familiar
Nivel de atención social
Especializada
Descripción
Preparar a familias interesadas en el acogimiento familiar,
y evaluar y resolver su adecuación para ser familia
acogedora.
Población destinataria
Familias interesadas en el acogimiento familiar
Objeto/finalidad
Organizar sesiones informativas y de preparación,
individuales y/o colectivas, para solicitantes de acogimiento
familiar. Valorar las capacidades de los solicitantes para ser
familia acogedora.
Naturaleza de la prestación Servicios
Tipo de la prestación
Garantizada
Requisitos de acceso
- Ser mayor de edad y tener plena capacidad jurídica y de
obrar.
- No haber sido privados de la patria potestad de un/a
menor, ni encontrarse incursos en causa de privación de
esta.
- No presentar antecedentes penales por delito de
homicidio o lesiones, contra la libertad, la integridad moral,
la libertad sexual o por delitos relacionados con los
derechos y deberes familiares, de los que hayan sido
víctimas alguno de sus familiares o un menor de edad, así
como no estar sometido a medidas cautelares asociadas a
una orden de protección para las víctimas de violencia
doméstica.
- No encontrarse afectados/as por alguna medida acordada
para la protección de menores a su cargo por razón de
riesgo o desamparo.
Además, las personas solicitantes de acogimiento en
familia ajena deberán reunir los siguientes requisitos:
- Residir en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- No haber sido calificados como no idóneos para el
acogimiento en familia ajena o para la adopción en los
últimos veinticuatro meses.
- No haber solicitado ser valorados como acogedores en
familia ajena o como adoptantes sin que haya sido resuelto
el procedimiento.
- Estar unidos/as por matrimonio o inscritos/as en el
Registro de Parejas de Hecho dependiente de la
Consejería competente si los/as solicitantes son pareja,
debiendo presentar una única solicitud de forma conjunta.
Procedimiento de acceso
A solicitud de la persona interesada
Plazo de concesión
No se aplica
Participación
de
las Carácter gratuito
personas usuarias en la
financiación
Causas de suspensión y Artículos 44 (suspensión del acogimiento) y 45 (cese del
extinción
acogimiento) del Decreto 9/2014, de 4 de febrero, por el que
se regula la actuación de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura en los
procedimientos de acogimiento familiar y de emisión de
Jueves 11 de mayo de 2023
Denominación
29917
2.1.1.12. Información, Formación y Valoración Psicosocial
a Familias solicitantes de Acogimiento Familiar
Nivel de atención social
Especializada
Descripción
Preparar a familias interesadas en el acogimiento familiar,
y evaluar y resolver su adecuación para ser familia
acogedora.
Población destinataria
Familias interesadas en el acogimiento familiar
Objeto/finalidad
Organizar sesiones informativas y de preparación,
individuales y/o colectivas, para solicitantes de acogimiento
familiar. Valorar las capacidades de los solicitantes para ser
familia acogedora.
Naturaleza de la prestación Servicios
Tipo de la prestación
Garantizada
Requisitos de acceso
- Ser mayor de edad y tener plena capacidad jurídica y de
obrar.
- No haber sido privados de la patria potestad de un/a
menor, ni encontrarse incursos en causa de privación de
esta.
- No presentar antecedentes penales por delito de
homicidio o lesiones, contra la libertad, la integridad moral,
la libertad sexual o por delitos relacionados con los
derechos y deberes familiares, de los que hayan sido
víctimas alguno de sus familiares o un menor de edad, así
como no estar sometido a medidas cautelares asociadas a
una orden de protección para las víctimas de violencia
doméstica.
- No encontrarse afectados/as por alguna medida acordada
para la protección de menores a su cargo por razón de
riesgo o desamparo.
Además, las personas solicitantes de acogimiento en
familia ajena deberán reunir los siguientes requisitos:
- Residir en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- No haber sido calificados como no idóneos para el
acogimiento en familia ajena o para la adopción en los
últimos veinticuatro meses.
- No haber solicitado ser valorados como acogedores en
familia ajena o como adoptantes sin que haya sido resuelto
el procedimiento.
- Estar unidos/as por matrimonio o inscritos/as en el
Registro de Parejas de Hecho dependiente de la
Consejería competente si los/as solicitantes son pareja,
debiendo presentar una única solicitud de forma conjunta.
Procedimiento de acceso
A solicitud de la persona interesada
Plazo de concesión
No se aplica
Participación
de
las Carácter gratuito
personas usuarias en la
financiación
Causas de suspensión y Artículos 44 (suspensión del acogimiento) y 45 (cese del
extinción
acogimiento) del Decreto 9/2014, de 4 de febrero, por el que
se regula la actuación de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura en los
procedimientos de acogimiento familiar y de emisión de