Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2023061769)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Secretaría General, de concesión de ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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NÚMERO 88
Miércoles 10 de mayo de 2023
29800
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2023, de la Secretaría General, de concesión
de ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por los
municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023. (2023061769)
De conformidad con lo dispuesto en el resuelvo undécimo de la Resolución de 14 de diciembre
de 2022 (DOE n.º 7, de 11 de enero de 2023) por la que se convocan las ayudas destinadas
a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, y
con el acta de la Comisión de Valoración, de 11 de abril de 2023, en uso de las atribuciones
que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas a la contratación de gestores culturales a los ayuntamientos,
entidades locales menores y mancomunidades de municipios relacionados en el anexo I, por un
importe de doscientos cincuenta y nueve mil novecientos sesenta y dos euros (259.962,00 €),
que se imputarán a la aplicación presupuestaria 150020000G/273A/460.00/20140082; Fondos
CAG0000001.
Segundo. La concesión de las presentes ayudas será compatible con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, siempre que la cuantía no supere aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la contratación para la que se solicita la subvención.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el resuelvo cuarto de la Resolución de 14 de
diciembre de 2022, se consideran gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios
y relacionados con la contratación de un gestor cultural, siempre que se realicen en el plazo
establecido en el apartado duodécimo de la mencionada resolución y en concreto:
— Costes salariales, incluida la cuota patronal a la Seguridad Social y demás conceptos
que se recaudan de forma conjunta con las cuotas de la Seguridad Social, con destino a
desempleo, fondo de garantía salarial o formación profesional, de los gestores culturales
contratados.
— Indemnización por vacaciones no disfrutadas y la indemnización por finalización de contrato prevista en el artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores.
Miércoles 10 de mayo de 2023
29800
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2023, de la Secretaría General, de concesión
de ayudas destinadas a la contratación de gestores culturales por los
municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023. (2023061769)
De conformidad con lo dispuesto en el resuelvo undécimo de la Resolución de 14 de diciembre
de 2022 (DOE n.º 7, de 11 de enero de 2023) por la que se convocan las ayudas destinadas
a la contratación de gestores culturales por los municipios, entidades locales menores y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, y
con el acta de la Comisión de Valoración, de 11 de abril de 2023, en uso de las atribuciones
que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas a la contratación de gestores culturales a los ayuntamientos,
entidades locales menores y mancomunidades de municipios relacionados en el anexo I, por un
importe de doscientos cincuenta y nueve mil novecientos sesenta y dos euros (259.962,00 €),
que se imputarán a la aplicación presupuestaria 150020000G/273A/460.00/20140082; Fondos
CAG0000001.
Segundo. La concesión de las presentes ayudas será compatible con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, siempre que la cuantía no supere aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la contratación para la que se solicita la subvención.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el resuelvo cuarto de la Resolución de 14 de
diciembre de 2022, se consideran gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios
y relacionados con la contratación de un gestor cultural, siempre que se realicen en el plazo
establecido en el apartado duodécimo de la mencionada resolución y en concreto:
— Costes salariales, incluida la cuota patronal a la Seguridad Social y demás conceptos
que se recaudan de forma conjunta con las cuotas de la Seguridad Social, con destino a
desempleo, fondo de garantía salarial o formación profesional, de los gestores culturales
contratados.
— Indemnización por vacaciones no disfrutadas y la indemnización por finalización de contrato prevista en el artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores.