Consejería De Educación Y Empleo. Administración Electrónica. (2023061749)
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Consejera, por la que se resuelve la concesión del Sello "Buena práctica en competencia digital de Extremadura".
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NÚMERO 87

29544

Martes 9 de mayo de 2023

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2023, de la Consejera, por la que se resuelve la
concesión del Sello "Buena práctica en competencia digital de Extremadura".
(2023061749)

De conformidad con lo establecido en la Orden de 21 de octubre de 2021 por la que se crea el
Sello “Buena práctica en competencia digital de Extremadura” y se establece el procedimiento
para su concesión (DOE núm. 211, de 3 de noviembre de 2022), reunida la Comisión del Sello
Competencia Digital de Extremadura, según lo dispuesto en su artículo 11, y a tenor de lo
que establece su artículo 12, a propuesta de la Dirección General de Innovación e Inclusión
Educativa, en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder el Sello “Buena práctica en competencia digital de Extremadura” a las
solicitudes que figuran en el anexo I, con indicación de la categoría concedida y el número de
créditos de innovación concedidos a los participantes.
Segundo. Incluir en el anexo II la relación de solicitudes que no alcanzan la puntuación mínima para la obtención del Sello.
Tercero. Excluir las solicitudes que figuran en el anexo III, indicando la causa de exclusión.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse por
los interesados, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación y
Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, tal y
como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Podrán también interponer directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación conforme a
lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 3 de mayo de 2023.
La Consejera,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN