Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061750)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Desvío de un tramo de la LAMT 3111-15-"Riegos Tiétar" de la STR "Cerrocincho", de 20 kV, entre los apoyos 5010-1 y 5019 de la misma", a realizar en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres), cuya promotora es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA23/0246.
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NÚMERO 87
Martes 9 de mayo de 2023

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etc.), estado del cadáver (reciente, parcialmente descompuesto, huesos y restos,
depredado), descripción general del hábitat en un radio de 50 m y una fotografía
del ejemplar.


• La estima de la mortalidad real de la línea calculada en función de los datos de
campo se describirá y se justificará citando bibliografía. Incluirá correcciones por
tasa de detección y tasa de desaparición de cadáveres.



• El informe anual del Programa de Vigilancia Ambiental incluirá los resultados de
ese año y los resultados agregados de todos los años de seguimiento, llevando a
cabo el análisis y la valoración de los datos obtenidos y unas conclusiones al respecto. En base a los resultados obtenidos, se deberán proponer y asumir nuevas
medidas si fuese preciso.

Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red
Natura 2000, esta Dirección General de Sostenibilidad, a propuesta del Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático, resuelve, de acuerdo con la evaluación
de impacto ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la subsección 2.ª
de la sección 2.ª del capítulo VII del título I, tras el análisis realizado con los criterios del
anexo X de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que no es previsible que el proyecto de “Desvío de un tramo de la
LAMT 3111-15-“Riegos Tiétar” de la STR “Cerrocincho”, de 20 kV, entre los apoyos 5010-1
y 5019 de la misma”, a realizar en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres), cuya promotora es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, vaya a producir impactos
adversos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no se considera necesario
someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
El informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los
efectos que le son propios si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se
hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde
su publicación.
Su condicionado podrá ser objeto de revisión y actualización por parte del órgano ambiental cuando:
— Se produzca la entrada en vigor de nueva normativa que incida sustancialmente en el
cumplimiento de las condiciones fijadas en el mismo.
— Durante el seguimiento del cumplimiento del mismo, se detecte que las medidas preventivas, correctoras o compensatorias son insuficientes, innecesarias o ineficaces.