Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061735)
Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Excma. Diputación Provincial de Badajoz para la mejora en la prestación del servicio público de bibliotecas y de fomento de la lectura.
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NÚMERO 87

29462

Martes 9 de mayo de 2023

Sexta. Cada una de las partes se compromete a ejecutar las actuaciones que se establezcan
para cada anualidad con financiación propia.
A efectos de justificación como acreditación final y adecuada al cumplimiento del convenio,
deberán presentar ante la Comisión de Seguimiento durante los tres meses siguientes a la
finalización de cada una de las anualidades informe de ejecución de la totalidad de la actividad y de los gastos realizados, acompañado de la documentación que acredite su ejecución.
Séptima. Las actuaciones que se desarrollen en el marco de este convenio podrán financiarse, total o parcialmente, con fondos provenientes de otros acuerdos institucionales, sin
perjuicio de las aportaciones específicas que se realicen por parte de las Administraciones
firmantes.
Octava. Ambas Administraciones generarán los créditos necesarios en sus Presupuestos
Generales para las anualidades que correspondan. Los compromisos plurianuales quedarán
subordinados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos correspondientes.
Novena. El presente convenio de colaboración tendrá vigencia desde su firma hasta el 31 de
diciembre de 2026, con independencia que se incluyan las actuaciones ya iniciadas y ejecutadas dentro de la anualidad 2023.
En cualquier momento antes de la finalización de este plazo, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o
su extinción.
Décima. Este convenio de colaboración puede quedar sin efecto por acuerdo unánime de todos los firmantes, en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por
parte de alguno de los firmantes, así como por el transcurso del plazo de vigencia del convenio
sin haberse acordado la prórroga del mismo.
Decimoprimera. Este convenio tiene carácter administrativo, por lo que su interpretación,
cumplimiento y ejecución, en caso de discrepancias, corresponderá a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Y en prueba de conformidad se firma el presente convenio de colaboración, en la fecha indicada en sus firmas.
El Secretario General de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deportes
PD, Resolución de 26 de julio de 2019
(DOE núm. 146, de 30 de julio)
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ

El Presidente de la Diputación Provincial
de Badajoz
MIGUEL ÁNGEL GALLARDO MIRANDA