Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Elecciones. (2023061751)
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, sobre representantes de la Junta de Extremadura ante las mesas electorales en las elecciones a la Asamblea de Extremadura y en las elecciones de los vocales de las Juntas Vecinales de las entidades locales menores de Extremadura de 28 de mayo de 2023.
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NÚMERO 86
29267
Lunes 8 de mayo de 2023
2023, tendrán la condición de representantes de la Junta de Extremadura para las elecciones
a la Asamblea de Extremadura del mismo día, quedando facultados para recabar de las mesas
electorales cuanta información precisen en el ejercicio de sus funciones y para recibir la copia
del acta de escrutinio a que se refiere el artículo 98.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de
junio, del Régimen Electoral General.
Segundo. En el supuesto de que la designación citada en el apartado anterior se efectúe
para una mesa electoral en la que se realicen votaciones de vocales de las Juntas Vecinales
de las entidades locales menores, los representantes de la Administración tendrán igualmente
la condición de representantes de la Junta de Extremadura en las citadas elecciones, con las
mismas facultades que se refieren en el apartado anterior.
Tercero. Las credenciales expedidas por las Subdelegaciones del Gobierno servirán asimismo
como nombramiento y acreditación como representantes de la Junta de Extremadura ante las
mesas electorales.
Mérida, 4 de mayo de 2023.
La Vicepresidenta y Consejera de
Hacienda y Administración Pública
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
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Lunes 8 de mayo de 2023
2023, tendrán la condición de representantes de la Junta de Extremadura para las elecciones
a la Asamblea de Extremadura del mismo día, quedando facultados para recabar de las mesas
electorales cuanta información precisen en el ejercicio de sus funciones y para recibir la copia
del acta de escrutinio a que se refiere el artículo 98.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de
junio, del Régimen Electoral General.
Segundo. En el supuesto de que la designación citada en el apartado anterior se efectúe
para una mesa electoral en la que se realicen votaciones de vocales de las Juntas Vecinales
de las entidades locales menores, los representantes de la Administración tendrán igualmente
la condición de representantes de la Junta de Extremadura en las citadas elecciones, con las
mismas facultades que se refieren en el apartado anterior.
Tercero. Las credenciales expedidas por las Subdelegaciones del Gobierno servirán asimismo
como nombramiento y acreditación como representantes de la Junta de Extremadura ante las
mesas electorales.
Mérida, 4 de mayo de 2023.
La Vicepresidenta y Consejera de
Hacienda y Administración Pública
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
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