Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2023AC0017)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 8 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Villalba de los Barros (M-008), para establecer en 1,50 ha la parcela mínima en el suelo no urbanizable.
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NÚMERO 86

29284

Lunes 8 de mayo de 2023

- Dotaciones
- Ganadería intensiva
- Forestal
- Industrial no
vincula
- Extractiva
- Piscifactorías
- Servicio
Carreteras
- Turística
permanente

Artículo 183. Condiciones de edificabilidad
(Ver ficha aneja)

Suelo No urbanizable Protegido de Interés agrícola.
CONDICIONES DE OCUPACIÓN

USO COMPATIBLE

USO
PARCELA MÍINCOMPANIMA
TIBLE

%
OCUPACIÓN

RETRANQUEO

CONDICIONES DE EDIFICACIÓN
ÁREA
MÁXIMA
AFECCIÓN

AGRÍCOLA
GENERAL Y
GANADERÍA EXTENSIVA

1,5 Ha.

GANADERÍA INTENSIVA

Según legislación urbanística
10
vigente (actualmente 1,5 ha)

10 m

1000 m

INDUSTRIAL VINCULADA
A LA PRODUCCIÓN

Según legislación urbanística
10
vigente (actualmente 1,5 ha)

10 m

1000 m

2

2

CONDIALTURA
CIONES
MÁXIESPEMA
CIALES

TIPO

EDIFICABILIDAD

Naves y
edificios
auxiliares.

0,2 m /m

Naves y
edificios
auxiliares

0,2 m /m

3

2

3

2

3

2

0,2 m /m

4,5 m
al alero

Control
de vertidos

4,5 m
al alero

Control
de vertidos

4,5 m
al alero

Control
de vertidos