Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061627)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Carlos Espada Castro, para la Formación Profesional Básica de Fabricación y Montaje en el IESO Gabriel García Márquez de Tiétar.
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NÚMERO 83
28418
Miércoles 3 de mayo de 2023
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y CARLOS ESPADA CASTRO, PARA LA
FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA DE FABRICACIÓN Y MONTAJE EN EL IESO
GABRIEL GARCÍA MÁRQUEZ DE TIÉTAR.
Mérida, 24 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, Don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, Carlos Espada Castro, con NIF ***9909** y domicilio en Polígono Industrial El
Ruedo s/n, código postal 10319 Tiétar, Cáceres, con teléfono de contacto __________, correo
electrónico ______________________, como representante.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema
educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
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Miércoles 3 de mayo de 2023
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y CARLOS ESPADA CASTRO, PARA LA
FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA DE FABRICACIÓN Y MONTAJE EN EL IESO
GABRIEL GARCÍA MÁRQUEZ DE TIÉTAR.
Mérida, 24 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, Don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, Carlos Espada Castro, con NIF ***9909** y domicilio en Polígono Industrial El
Ruedo s/n, código postal 10319 Tiétar, Cáceres, con teléfono de contacto __________, correo
electrónico ______________________, como representante.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema
educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación