Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2023061583)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a Red Eléctrica de España, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ejecución de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV simple circuito. Modificación de la línea Almaraz ET-Plasencia 1 en el tramo T-24 - T-28". Término municipal: Casatejada (Cáceres). Expte.: AT-9476.
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NÚMERO 83

28510

Miércoles 3 de mayo de 2023

— Longitud total conductor: 1,048 km.
— Emplazamiento: Término municipal de Casatejada (Cáceres).
Otras actuaciones:
— Desmontaje de los apoyos actualmente existentes T-25, T-26 y T-27 y desmontaje de
0,739 km de conductor.
— Montaje de los nuevos apoyos T-25N, T-26N, T-26B y T-27N.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en un plazo
no superior a un mes, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 21 de abril de 2023.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ