Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061491)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Thercli, SL, para el ciclo formativo de Grado Superior en Administración y Finanzas del IES Cuatro Caminos de Don Benito.
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NÚMERO 82
27988
Martes 2 de mayo de 2023
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y THERCLI, SL, PARA EL CICLO
FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL
IES CUATRO CAMINOS DE DON BENITO
Mérida, 20 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, Don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación
efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm.
223, de 19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Thercli, SL, con CIF B06639231 y domicilio en Calle Cervantes,
n.º 15, código postal 06400 Don Benito, Badajoz, con teléfono de contacto ______, correo
electrónico ______ y Don Antonio Calderón Salamanca, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que
representan para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las
empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas,
de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales
[apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema
educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en
el sistema educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas
colaboradoras.
27988
Martes 2 de mayo de 2023
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y THERCLI, SL, PARA EL CICLO
FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL
IES CUATRO CAMINOS DE DON BENITO
Mérida, 20 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, Don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación
efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm.
223, de 19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Thercli, SL, con CIF B06639231 y domicilio en Calle Cervantes,
n.º 15, código postal 06400 Don Benito, Badajoz, con teléfono de contacto ______, correo
electrónico ______ y Don Antonio Calderón Salamanca, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que
representan para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las
empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas,
de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales
[apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema
educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en
el sistema educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas
colaboradoras.