Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2023040064)
Decreto 29/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023
27857
SUBsol = Importe de subvención solicitado.
b) Mayor número de zonas ZES con cobertura. Máximo de 30 puntos.
Se otorgará la puntuación a cada proyecto, según la expresión:
P=Pmx x (ZEScob/ZESmx),
Siendo:
Pm = puntuación máxima del criterio,
ZEScob = zonas ZES a las que se dotará de cobertura.
ZESmx = total de zonas ZES de la zona de actuación.
c) Mayor número de unidades inmobiliarias con cobertura. Máximo de 20 puntos.
Se otorgará la puntuación a cada proyecto, según la expresión:
P=Pmx x (UUIIcob/UUIImx),
Siendo:
Pm = puntuación máxima del criterio,
UUIIcob = zonas ZES a las que se dotará de cobertura.
UUIImx = total de zonas ZES de la zona de actuación.
Artículo 19. Concesión de las ayudas.
1. La competencia para dictar la resolución de concesión corresponde a la persona titular de la
Secretaría General de la Consejería con competencias en agenda digital, previa tramitación
y aprobación del oportuno expediente de gasto.
2. L
a resolución de concesión fijará expresamente el importe de la ayuda, conforme a lo establecido en el presente decreto, y determinará las condiciones, obligaciones y plazos a que
queda sujeto el destinatario último de la ayuda.
Martes 2 de mayo de 2023
27857
SUBsol = Importe de subvención solicitado.
b) Mayor número de zonas ZES con cobertura. Máximo de 30 puntos.
Se otorgará la puntuación a cada proyecto, según la expresión:
P=Pmx x (ZEScob/ZESmx),
Siendo:
Pm = puntuación máxima del criterio,
ZEScob = zonas ZES a las que se dotará de cobertura.
ZESmx = total de zonas ZES de la zona de actuación.
c) Mayor número de unidades inmobiliarias con cobertura. Máximo de 20 puntos.
Se otorgará la puntuación a cada proyecto, según la expresión:
P=Pmx x (UUIIcob/UUIImx),
Siendo:
Pm = puntuación máxima del criterio,
UUIIcob = zonas ZES a las que se dotará de cobertura.
UUIImx = total de zonas ZES de la zona de actuación.
Artículo 19. Concesión de las ayudas.
1. La competencia para dictar la resolución de concesión corresponde a la persona titular de la
Secretaría General de la Consejería con competencias en agenda digital, previa tramitación
y aprobación del oportuno expediente de gasto.
2. L
a resolución de concesión fijará expresamente el importe de la ayuda, conforme a lo establecido en el presente decreto, y determinará las condiciones, obligaciones y plazos a que
queda sujeto el destinatario último de la ayuda.