Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Minas. Subvenciones. (2023080750)
Anuncio de 31 de enero de 2023 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 209/2017, de 28 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y apoyo de la seguridad minera en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023

28163

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD

ANUNCIO de 31 de enero de 2023 por el que se da publicidad a las ayudas
concedidas al amparo del Decreto 209/2017, de 28 de noviembre, por el que
se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y
apoyo de la seguridad minera en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
(2023080750)

Mediante el Decreto 209/2017, de 28 de noviembre (DOE n.º 232, de 4 de diciembre), se
establecieron las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y apoyo de la seguridad minera en Extremadura.
Con fecha 29 de abril de 2021, se publica la Resolución de 14 de abril de 2021 por la que se
aprueba la convocatoria, para los ejercicios 2021 y 2022, de las subvenciones para el fomento
y apoyo de la seguridad minera en Extremadura (DOE n.º 80, de 29/04/2021).
Con fecha 31 de marzo de 2022 se publica la modificación del Extracto y el Anuncio por el que
se da publicidad a la modificación de la distribución de créditos de la Resolución de 14 de abril
de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones
para el fomento y apoyo de la seguridad minera en Extremadura para los ejercicios 2021 y
2022 (DOE n.º 63, de 31/03/2022).
El artículo 19 del citado decreto dispone que las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en
los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto de Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando
los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000
euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a:
Dar publicidad en el anexo a las subvenciones concedidas a las empresas para el desarrollo
de los proyectos de inversión que se han considerado incentivables.