Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061484)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para materializar la financiación de actuaciones contra la exclusión financiera contemplada en la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023

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directivos de la Consejería, en relación con el Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio, tiene entre otras funciones, las relativas a la elaboración de estudios y análisis
sobre el reto demográfico, y en su caso, la formulación de propuestas de actuación emanadas
de aquellos y el fomento de la colaboración con las entidades públicas y privadas implicadas
en el cambio demográfico y territorial. A estos efectos, la Secretaría General de Población y
Desarrollo Rural será el órgano de la Junta de Extremadura que canalizará cualesquiera iniciativas tendentes a revertir el cambio demográfico y territorial.
Corresponderá a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio la coordinación de las actuaciones relativas a las políticas sobre el reto demográfico y la fijación de la población en el territorio. En
concreto, en esta materia le corresponderán las siguientes funciones:
a) El impulso en la elaboración de una Estrategia Regional frente el Desafío Demográfico y
Territorial, en el marco del Informe de Posición elaborado por la Junta de Extremadura,
que recoja el conjunto de propuestas, medidas y actuaciones necesarias para combatir
el cambio demográfico y territorial en la Comunidad Autónoma.
b) La coordinación de las distintas políticas de la Junta de Extremadura con incidencia
demográfica. Para el correcto ejercicio de esta función podrá constituirse un órgano
interdepartamental de apoyo a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural,
que tendrá la adscripción, la composición, las funciones y los medios que establezca su
norma de creación.
c) La elaboración de estudios y análisis sobre el reto demográfico, y en su caso, la formulación de propuestas de actuación emanadas de aquellos.
d) El fomento de la colaboración con las entidades públicas y privadas implicadas en el
cambio demográfico y territorial. A estos efectos, la Secretaría General de Población y
Desarrollo Rural será el órgano de la Junta de Extremadura que canalizará cualesquiera
iniciativas tendentes a revertir el cambio demográfico y territorial.
Segundo. La Diputación Provincial de Badajoz tiene competencias en materia de asistencia
y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios a tenor de lo previsto en el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás
normas complementarias.
Tercero. El artículo 57 de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril, establece que la cooperación
económica, técnica y administrativa entre la Administración local y las Administraciones del
Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de inte-