Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061506)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 14 de abril de 2023, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del "Convenio Colectivo de Trabajo para las personas trabajadoras de la Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte" en la que se recogen los acuerdos para proceder a la modificación del artículo 3 y del anexo I del citado convenio.
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NÚMERO 81
27728
Viernes 28 de abril de 2023
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS DE LA AGRUPACIÓN DE
COOPERATIVAS VALLE DEL JERTE
En Valdastillas, siendo las 9,30 horas del día 14 de abril de 2023, se reúnen en la sede social
de la Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte, al objeto de llevar a cabo la modificación del
convenio colectivo de empresa que arriba se indica, a tenor de la advertencia comunicada por
la Dirección General de Trabajo.
Por la parte empresarial,
Don José Antonio Tierno Parral, con DNI ***7802** en calidad de Presidente de la Agrupación.
Doña Mónica Tierno Díaz, con DNI ***1201** en calidad de Directora General,
Como Asesor de la Agrupación asiste Don Francisco Javier Ceballos Fraile, con DNI ***8434**,
con voz, pero sin voto,
Por la parte social,
D. Rafael Delgado Castillo, con DNI ***2333**, D.ª Pilar Pino Blanco con DNI ***3494**,
D. Juan Antonio León Paniagua con DNI ***7924**, D. José Luís Izquierdo Elizo con DNI
***2949**, D. Rubén Moreno Díaz con DNI ***0934**, D.ª Almudena Martín García con DNI
***2585**, D.ª Beatriz Delgado Muñoz con DNI ***2472** y D. David Izquierdo Pascual con
DNI ***2746**, todos ellos integrantes del Comité de Empresa de la Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte.
A la vista de la advertencia de legalidad comunicada por la Dirección General de Trabajo de la
Junta de Extremadura, en relación con el Convenio de Empresa con código 10100532012023,
la Comisión Negociadora, al objeto de subsanar la misma, se reúne y por unanimidad,
ACUERDAN:
Primero. Modificar el siguiente artículo del convenio, redactándolo como sigue:
“Artículo 3. Prórroga y Denuncia.
Este convenio será prorrogado anualmente, de forma automática, a partir del día 1 de
marzo del año 2025, salvo denuncia expresa efectuada por cualquiera de las partes, con
al menos dos meses de antelación”.
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Viernes 28 de abril de 2023
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS DE LA AGRUPACIÓN DE
COOPERATIVAS VALLE DEL JERTE
En Valdastillas, siendo las 9,30 horas del día 14 de abril de 2023, se reúnen en la sede social
de la Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte, al objeto de llevar a cabo la modificación del
convenio colectivo de empresa que arriba se indica, a tenor de la advertencia comunicada por
la Dirección General de Trabajo.
Por la parte empresarial,
Don José Antonio Tierno Parral, con DNI ***7802** en calidad de Presidente de la Agrupación.
Doña Mónica Tierno Díaz, con DNI ***1201** en calidad de Directora General,
Como Asesor de la Agrupación asiste Don Francisco Javier Ceballos Fraile, con DNI ***8434**,
con voz, pero sin voto,
Por la parte social,
D. Rafael Delgado Castillo, con DNI ***2333**, D.ª Pilar Pino Blanco con DNI ***3494**,
D. Juan Antonio León Paniagua con DNI ***7924**, D. José Luís Izquierdo Elizo con DNI
***2949**, D. Rubén Moreno Díaz con DNI ***0934**, D.ª Almudena Martín García con DNI
***2585**, D.ª Beatriz Delgado Muñoz con DNI ***2472** y D. David Izquierdo Pascual con
DNI ***2746**, todos ellos integrantes del Comité de Empresa de la Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte.
A la vista de la advertencia de legalidad comunicada por la Dirección General de Trabajo de la
Junta de Extremadura, en relación con el Convenio de Empresa con código 10100532012023,
la Comisión Negociadora, al objeto de subsanar la misma, se reúne y por unanimidad,
ACUERDAN:
Primero. Modificar el siguiente artículo del convenio, redactándolo como sigue:
“Artículo 3. Prórroga y Denuncia.
Este convenio será prorrogado anualmente, de forma automática, a partir del día 1 de
marzo del año 2025, salvo denuncia expresa efectuada por cualquiera de las partes, con
al menos dos meses de antelación”.