Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2023061468)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas externas de las titulaciones de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria y se establecen los requisitos para la selección de los centros de formación en prácticas y del profesorado participante.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023
27725
4. La Universidad de Extremadura expedirá al personal docente responsable de las tutorías y
al personal responsable de la coordinación de prácticas externas en el centro, una certifi
cación de “profesor/a colaborador/a honorífico/a”, por la cual se les reconocerá su partici
pación en las prácticas externas de los títulos de grado en Educación Infantil y/o en grado
de Educación Primaria.
5. La Consejería de Educación y Empleo reconocerá con 6,5 créditos de formación, por curso
escolar, tanto a la persona que realiza las funciones de tutorización, como a la persona
responsable de la coordinación de estas tutorías. En el caso de que la persona responsable
de la coordinación ejerza, al mismo tiempo, la tutorización de prácticas, se le reconocerán
7 créditos, aunque se efectúe la labor de tutoría de varios estudiantes en el mismo período.
Undécimo. Alumnado de otras universidades.
1. Para la realización de estas prácticas externas, conforme a lo establecido en esta resolu
ción, tendrá prioridad el alumnado que curse los estudios en el grado de Educación Infantil
y grado de Educación Primaria en la Universidad de Extremadura al alumnado de cualquier
otra universidad.
2. Las prácticas externas del alumnado de las titulaciones de los grados referidos, correspon
dientes a universidades y/o fundaciones distintas a la Universidad de Extremadura, podrán
realizarse según lo establecido en esta resolución, siempre que se cumplan los siguientes
requisitos:
— Que exista el correspondiente convenio de colaboración entre la consejería con com
petencias en materia de educación y la universidad correspondiente. Todo ello, según
se establece en el artículo 7.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Los centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura no podrán acoger estu
diantes de otras universidades que no tengan suscrito convenio con la consejería con
competencias en educación.
— Que el centro haya sido seleccionado como centro de formación en prácticas en la co
rrespondiente convocatoria, por la que se resuelve el procedimiento para la selección de
centros de formación en prácticas y tutorías de alumnado en prácticas, correspondien
tes a las titulaciones de grado en Educación Infantil y grado en Educación Primaria de
cada curso académico.
Viernes 28 de abril de 2023
27725
4. La Universidad de Extremadura expedirá al personal docente responsable de las tutorías y
al personal responsable de la coordinación de prácticas externas en el centro, una certifi
cación de “profesor/a colaborador/a honorífico/a”, por la cual se les reconocerá su partici
pación en las prácticas externas de los títulos de grado en Educación Infantil y/o en grado
de Educación Primaria.
5. La Consejería de Educación y Empleo reconocerá con 6,5 créditos de formación, por curso
escolar, tanto a la persona que realiza las funciones de tutorización, como a la persona
responsable de la coordinación de estas tutorías. En el caso de que la persona responsable
de la coordinación ejerza, al mismo tiempo, la tutorización de prácticas, se le reconocerán
7 créditos, aunque se efectúe la labor de tutoría de varios estudiantes en el mismo período.
Undécimo. Alumnado de otras universidades.
1. Para la realización de estas prácticas externas, conforme a lo establecido en esta resolu
ción, tendrá prioridad el alumnado que curse los estudios en el grado de Educación Infantil
y grado de Educación Primaria en la Universidad de Extremadura al alumnado de cualquier
otra universidad.
2. Las prácticas externas del alumnado de las titulaciones de los grados referidos, correspon
dientes a universidades y/o fundaciones distintas a la Universidad de Extremadura, podrán
realizarse según lo establecido en esta resolución, siempre que se cumplan los siguientes
requisitos:
— Que exista el correspondiente convenio de colaboración entre la consejería con com
petencias en materia de educación y la universidad correspondiente. Todo ello, según
se establece en el artículo 7.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Los centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura no podrán acoger estu
diantes de otras universidades que no tengan suscrito convenio con la consejería con
competencias en educación.
— Que el centro haya sido seleccionado como centro de formación en prácticas en la co
rrespondiente convocatoria, por la que se resuelve el procedimiento para la selección de
centros de formación en prácticas y tutorías de alumnado en prácticas, correspondien
tes a las titulaciones de grado en Educación Infantil y grado en Educación Primaria de
cada curso académico.