Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Pruebas Selectivas. (2023050105)
Orden de 27 de abril de 2023 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del tribunal único, para la provisión de 61 plazas de Agente de la Policía Local en Ayuntamientos de Extremadura.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023
27430
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP); la Ley 7/85, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/86, de 13 de abril, por
el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen
Local; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y
los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección del personal
funcionario de la Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de
Coordinación de Policías Locales de Extremadura; DECRETO 64/2022, de 8 de junio, por
el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las
Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, y el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al
servicio de la Administración General del Estado y demás normas concordantes de aplicación. Toda la información de cada convocatoria, se pondrá a disposición de la ciudadanía
a través del punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites http://www.
juntaex.es en la fecha correspondiente de publicación de la misma en el DOE.
1.2. Características de las plazas.
A las personas que finalmente resulten titulares de las plazas convocadas les corresponderán las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de
marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en el artículo 23 de la Ley 7/2017, de 1 de
agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.
1.3. Régimen de incompatibilidades y deberes.
Las personas aspirantes que finalmente sean nombradas funcionarias de carrera en las
plazas convocadas, estarán sometidas desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente. Igualmente, no podrán simultanear el desempeño de
sus funciones, con cualquier actividad remunerada pública o privada, debiendo cumplir
con los deberes y obligaciones inherentes al puesto que dan derecho al percibo de las
correspondientes retribuciones complementarias.
Segunda. Requisitos de los y las aspirantes.
2.1. Para tomar parte en este procedimiento selectivo, las personas aspirantes deberán reunir
las siguientes condiciones:
a) Tener la nacionalidad española.
Viernes 28 de abril de 2023
27430
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP); la Ley 7/85, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/86, de 13 de abril, por
el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen
Local; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y
los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección del personal
funcionario de la Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de
Coordinación de Policías Locales de Extremadura; DECRETO 64/2022, de 8 de junio, por
el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las
Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, y el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al
servicio de la Administración General del Estado y demás normas concordantes de aplicación. Toda la información de cada convocatoria, se pondrá a disposición de la ciudadanía
a través del punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites http://www.
juntaex.es en la fecha correspondiente de publicación de la misma en el DOE.
1.2. Características de las plazas.
A las personas que finalmente resulten titulares de las plazas convocadas les corresponderán las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de
marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en el artículo 23 de la Ley 7/2017, de 1 de
agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.
1.3. Régimen de incompatibilidades y deberes.
Las personas aspirantes que finalmente sean nombradas funcionarias de carrera en las
plazas convocadas, estarán sometidas desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente. Igualmente, no podrán simultanear el desempeño de
sus funciones, con cualquier actividad remunerada pública o privada, debiendo cumplir
con los deberes y obligaciones inherentes al puesto que dan derecho al percibo de las
correspondientes retribuciones complementarias.
Segunda. Requisitos de los y las aspirantes.
2.1. Para tomar parte en este procedimiento selectivo, las personas aspirantes deberán reunir
las siguientes condiciones:
a) Tener la nacionalidad española.