Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2023AC0015)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º M-001 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Palomero, para la reclasificación de suelo no urbanizable a suelo urbano de uso dotacional de las parcelas donde se ubican las instalaciones deportivas y el cementerio, así como el vial de conexión con el casco urbano.
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NÚMERO 80
Jueves 27 de abril de 2023
27337
Acceso a la parcela dotacional municipal: Pista de fútbol y edificación de una planta. Pista
polideportiva con estructura porticada para cubrición, sin finalizar.
la parcela se destina en la actualidad a equipamiento público deportivo por lo que no se
modifica la demanda de servicios urbanos, existiendo los servicios precisos para ser clasificada como suelo urbano. Se debe realizar el alumbrado público del acceso para un uso en
condiciones de seguridad.
Planeamiento urbanístico vigente.
El planeamiento vigente son las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal de Palomero (Cáceres), (en adelante, NNSS.PLMR), aprobadas definitivamente el 7 de junio de
1994, publicado en el DOE de 13 de diciembre de 1994.
Determinaciones de los terrenos objeto de la modificación: La parcela objeto de la modificación está clasificada como suelo no urbanizable común.
III. Modificación.
Alcance de la modificación. Determinaciones afectadas.
Como ya se ha expuesto, la modificación puntual de las NNSS.PLMR tiene por objeto la reclasificación de una parcela de suelo no urbanizable común (suelo rústico) a suelo urbano
y su calificación para uso dotacional.
La parcela se clasificará como suelo urbano debido a que su destino, el uso dotacional público ya existe y cuenta con acceso asfaltado desde camino público y servicios urbanos (agua,
luz y saneamiento).
Jueves 27 de abril de 2023
27337
Acceso a la parcela dotacional municipal: Pista de fútbol y edificación de una planta. Pista
polideportiva con estructura porticada para cubrición, sin finalizar.
la parcela se destina en la actualidad a equipamiento público deportivo por lo que no se
modifica la demanda de servicios urbanos, existiendo los servicios precisos para ser clasificada como suelo urbano. Se debe realizar el alumbrado público del acceso para un uso en
condiciones de seguridad.
Planeamiento urbanístico vigente.
El planeamiento vigente son las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal de Palomero (Cáceres), (en adelante, NNSS.PLMR), aprobadas definitivamente el 7 de junio de
1994, publicado en el DOE de 13 de diciembre de 1994.
Determinaciones de los terrenos objeto de la modificación: La parcela objeto de la modificación está clasificada como suelo no urbanizable común.
III. Modificación.
Alcance de la modificación. Determinaciones afectadas.
Como ya se ha expuesto, la modificación puntual de las NNSS.PLMR tiene por objeto la reclasificación de una parcela de suelo no urbanizable común (suelo rústico) a suelo urbano
y su calificación para uso dotacional.
La parcela se clasificará como suelo urbano debido a que su destino, el uso dotacional público ya existe y cuenta con acceso asfaltado desde camino público y servicios urbanos (agua,
luz y saneamiento).