Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061477)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de 48,227 ha de viñedo, en el polígono 543 parcela 3, a ubicar en el término municipal de Badajoz", cuyo promotor es Cándido Javier Salguero Argueta. Expte.: IA22/0075.
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NÚMERO 79
Miércoles 26 de abril de 2023
27056
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta
en riego de 48,227 ha de viñedo, en el polígono 543 parcela 3, a ubicar en
el término municipal de Badajoz", cuyo promotor es Cándido Javier Salguero
Argueta. Expte.: IA22/0075. (2023061477)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la Ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de puesta en riego de 48,227 ha de viñedo en el polígono 543 parcela 3 a ubicar
en el término municipal de Badajoz cuyo promotor es Cándido Javier Salguero Argueta, se encuadra en el grupo 1. “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería” epígrafe d) “Proyectos
de gestión de recursos hídricos para la agricultura” punto 2.º “Proyectos de transformación a
regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha, no
incluidos en el anexo IV” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, modificado por el Decreto 20/2021 de 31 de marzo, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El proyecto consiste, en la implantación de 48,227 ha de regadío de viñedo en espaldera.
Se establecerá un sistema de riego por goteo mediante una concesión de aguas subterráneas. También se construirá una balsa de regulación y acumulación de 29.192,19 m3 de
capacidad.
Miércoles 26 de abril de 2023
27056
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta
en riego de 48,227 ha de viñedo, en el polígono 543 parcela 3, a ubicar en
el término municipal de Badajoz", cuyo promotor es Cándido Javier Salguero
Argueta. Expte.: IA22/0075. (2023061477)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la Ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de puesta en riego de 48,227 ha de viñedo en el polígono 543 parcela 3 a ubicar
en el término municipal de Badajoz cuyo promotor es Cándido Javier Salguero Argueta, se encuadra en el grupo 1. “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería” epígrafe d) “Proyectos
de gestión de recursos hídricos para la agricultura” punto 2.º “Proyectos de transformación a
regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha, no
incluidos en el anexo IV” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, modificado por el Decreto 20/2021 de 31 de marzo, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El proyecto consiste, en la implantación de 48,227 ha de regadío de viñedo en espaldera.
Se establecerá un sistema de riego por goteo mediante una concesión de aguas subterráneas. También se construirá una balsa de regulación y acumulación de 29.192,19 m3 de
capacidad.