Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2023061481)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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NÚMERO 79
Miércoles 26 de abril de 2023
27013
3. La justificación de la subvención se realizará mediante la siguiente documentación:
A) Para justificar el primer pago del 50%:
1º. Gastos del personal técnico:
— Nóminas: Se adjuntarán copias de las nóminas del personal técnico responsable
del programa, así como copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
— IRPF: Se justificará su abono mediante la presentación de copia del Modelo 111
de IRPF, así como de la copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
— Seguridad Social: Se justificará mediante la presentación de copia de los modelos
RNT (Relación Nominal de Trabajadores) y RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones), así como de la copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
2º. Gastos de desplazamiento del personal técnico:
— Según modelo establecido en el anexo III de esta resolución, debidamente cumplimentado.
3º. Justificación de actividades desarrolladas del programa.
La justificación de las actividades desarrolladas por el personal técnico correspondientes al primer abono de la subvención se efectuará mediante certificado emitido
por la entidad beneficiaria acompañado de una descripción detallada de cada actividad ejecutada en el periodo que se justifica y los indicadores correspondientes
cumplimentados. Dicho certificado estará suscrito por el alcalde o la alcaldesa de la
entidad beneficiaria/Gerente de la Mancomunidad, y el personal técnico responsable
del desarrollo del Programa, según el modelo anexo V de esta resolución.
B) A
demás de la documentación detallada en el punto A.1º y 2º anteriores, para justificar
el 50 % restante de la subvención se deberá añadir:
Certificado emitido por el Secretario-a/Interventor-a de la entidad beneficiaria acompañado de una memoria de las actividades desarrolladas por el personal técnico contratado durante todo el periodo subvencionado con los indicadores debidamente cumplimentados, en formato electrónico.
Miércoles 26 de abril de 2023
27013
3. La justificación de la subvención se realizará mediante la siguiente documentación:
A) Para justificar el primer pago del 50%:
1º. Gastos del personal técnico:
— Nóminas: Se adjuntarán copias de las nóminas del personal técnico responsable
del programa, así como copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
— IRPF: Se justificará su abono mediante la presentación de copia del Modelo 111
de IRPF, así como de la copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
— Seguridad Social: Se justificará mediante la presentación de copia de los modelos
RNT (Relación Nominal de Trabajadores) y RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones), así como de la copia del justificante de movimiento bancario o cargo en
cuenta.
2º. Gastos de desplazamiento del personal técnico:
— Según modelo establecido en el anexo III de esta resolución, debidamente cumplimentado.
3º. Justificación de actividades desarrolladas del programa.
La justificación de las actividades desarrolladas por el personal técnico correspondientes al primer abono de la subvención se efectuará mediante certificado emitido
por la entidad beneficiaria acompañado de una descripción detallada de cada actividad ejecutada en el periodo que se justifica y los indicadores correspondientes
cumplimentados. Dicho certificado estará suscrito por el alcalde o la alcaldesa de la
entidad beneficiaria/Gerente de la Mancomunidad, y el personal técnico responsable
del desarrollo del Programa, según el modelo anexo V de esta resolución.
B) A
demás de la documentación detallada en el punto A.1º y 2º anteriores, para justificar
el 50 % restante de la subvención se deberá añadir:
Certificado emitido por el Secretario-a/Interventor-a de la entidad beneficiaria acompañado de una memoria de las actividades desarrolladas por el personal técnico contratado durante todo el periodo subvencionado con los indicadores debidamente cumplimentados, en formato electrónico.