Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061389)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo de Intenciones entre la Junta de Extremadura, el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata (Cáceres) y SEPES Entidad Pública Empresarial del Suelo, con el fin de posibilitar la construcción de viviendas con destino al alquiler asequible o social.
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NÚMERO 78
Martes 25 de abril de 2023

26682

Segunda.
La Junta de Extremadura estudiará la posibilidad de poner a disposición de SEPES, mediante
el instrumento jurídico que proceda, el suelo del PIR “Los Viñazos” necesario para dar cabida
a alrededor de 120 viviendas con destino al alquiler asequible o social, previa reparación y
mejora de la urbanización de dichos terrenos si fuera necesario.
El Ayuntamiento, llegado el caso, impulsaría la tramitación de los instrumentos urbanísticos
y los proyectos técnicos necesarios para llevar a buen término la promoción de las referidas
viviendas.
Por su parte, SEPES estudiará la posibilidad de que esta actuación sea incluida en el Programa
de Actuación del convenio suscrito con el MITMA el 10/11/2022 para el plan de viviendas para
el alquiler asequible y sus adendas.
Si los estudios de viabilidad resultasen positivos, SEPES impulsaría su desarrollo colaborando
con el Ayuntamiento y la Junta de Extremadura mediante las acciones que constituyen su
actividad habitual, y estudiando la oportunidad de participar en la ejecución de las obras de
edificación.
SEPES y Ayuntamiento analizarán la posibilidad de transmitir y recibir, respectivamente, las
viviendas resultantes para su destino al alquiler asequible o social, todo ello mediante el instrumento jurídico que proceda.
En cualquier caso, la colaboración entre las partes que conlleva el presente protocolo no llevará aparejada ningún tipo de contraprestación, jurídica ni económica.
Tercera.
Para concretar los términos de la colaboración, las partes manifiestan su voluntad de impulsar
la tramitación de un convenio en el que se detallen las acciones concretas a desarrollar, los
compromisos específicos que garanticen el efectivo cumplimiento de los objetivos planteados
y las condiciones en las que estos se lleven a cabo.
Cuarta.
Para el seguimiento y ejecución de este protocolo, se constituirá una comisión de seguimiento
que estará formada por un máximo de dos representantes institucionales de cada una de las
partes firmantes. A través de la mencionada comisión de seguimiento, las partes coordinarán
la toma de decisiones a la hora de acometer las actuaciones que resulten más adecuadas para
lograr los fines perseguidos.