Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061447)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de explotación porcina titularidad de Hermanas Barrado Holgado, SL, ubicada en el término municipal de Riolobos. Expte.: IA22/0723.
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NÚMERO 78

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Martes 25 de abril de 2023

ambiental de la comunidad autónoma de Extremadura y en el artículo 4.1.d) del Decreto
170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Segundo. El artículo 86 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
comunidad autónoma de Extremadura, regula el procedimiento de modificación de proyectos
sometidos a evaluación ambiental ordinaria, disponiendo que el órgano ambiental se pronunciará sobre el carácter de las modificaciones que pretendan introducir los promotores respecto
a los proyectos incluidos en el anexo IV de la propia ley, debiendo solicitar a estos efectos
informe a las administraciones públicas afectadas por razón de la materia en relación con los
elementos esenciales que sean objeto de la modificación solicitada y tenidos en cuenta en la
evaluación de impacto ambiental, debiendo estas administraciones pronunciarse en el plazo
máximo de treinta días.
En caso de que la modificación del proyecto pueda tener efectos adversos significativos sobre
el medio ambiente se determinará la necesidad de someter o no el proyecto a evaluación de
impacto ambiental ordinaria, o si se determinara que la modificación del proyecto no tuviera
efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, el órgano ambiental, en su caso,
actualizará el condicionado de la declaración de impacto ambiental emitida en su día para el
proyecto, incorporando las nuevas medidas correctoras, protectoras o compensatorias que se
consideren procedente u oportunas.
En su virtud, atendiendo a los antecedentes de hecho y de acuerdo con los fundamentos jurídicos expuestos, este órgano directivo,
RESUELVE:
Primero. La no necesidad de someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria la modificación del proyecto consistente en una explotación porcina de cebo intensivo, proyecto a ejecutar en el término municipal de Riolobos, provincia de Cáceres, ya que
dicha modificación no va a producir efectos adversos significativos sobre el medio ambiente.
Segundo. La no necesidad de actualizar el condicionado de la Resolución de 18 de abril de
2016 por la que se formuló declaración de impacto ambiental favorable para el proyecto.
La ejecución y explotación de las instalaciones e infraestructuras incluidas en la modificación
proyectada se llevará a cabo con estricta sujeción a las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias recogidas en la Resolución de 18 de abril de 2016, por la que se formuló
declaración de impacto ambiental favorable para el proyecto consistente en una explotación
porcina, proyecto a ejecutar en el término municipal de Riolobos, provincia de Cáceres, siendo
su promotora Hermanas Barrado Holgado, SL.