Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061453)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación porcina en régimen mixto, promovido por Inmoan, SL, en el término municipal de Llerena. Expte.: IA20/1683.
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NÚMERO 78
Martes 25 de abril de 2023

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En todo caso, si como consecuencia del manejo de la explotación se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación por nitratos de las
aguas será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes para la recuperación del medio.
7. Q
 ueda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro
elemento del dominio público hidráulico, salvo que cuente con la previa autorización
administrativa de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
8. D
 eberá existir una red de saneamiento íntegramente separativa, compuesta por una
red de recogida de pluviales limpias y otra red por la que únicamente circulen aguas
residuales.
9. P
 ara el vertido de las aguas sanitarias (aseos trabajadores) a fosa séptica se deberá
contar Autorización previa de este organismo de cuenca, o bien deberá instalarse un
depósito estanco y remitir certificado de estanqueidad y contrato con empresa gestora
autorizada.
10. Las aguas pluviales limpias, no serán objeto de autorización de vertido y deben ser
evacuadas a cauce público por medio de una conducción independiente. Previamente
al punto de descarga existirá una arqueta para inspección, control y toma de muestras.
11. Se deberá comprobar la integridad estructural de los depósitos de acumulación de
purines al menos una vez al año.
12. La aplicación de estiércol al terreno deberá realizarse ajustando las dosis de aplicación
teniendo en cuenta el contenido de nitrógeno y de fósforo del estiércol, el tipo de suelo
y su permeabilidad, las necesidades de los cultivos a lo largo de su ciclo vegetativo,
las condiciones climáticas de la zona y las distancias entre terrenos donde se esparce
el estiércol.
13. Se deberán emplear técnicas de aplicación de fertilizantes que aseguren la distribución
homogénea del producto.
14. Se deberá realizar un análisis con periodicidad anual del parámetro nitratos en un
pozo o sondeo situado dentro de la explotación que deberá ser remitido a este organismo, con objeto de realizar un seguimiento de los niveles de contaminación difusa
en la zona. Tanto la toma de muestra como su análisis deberán ser realizados por una
Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica, que se encuentre acreditada
como laboratorio de ensayo e inscrita en el registro a tal efecto del Ministerio para la