Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2023061151)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2021/2022.
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NÚMERO 78
Martes 25 de abril de 2023

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En caso de persistir el empate después de la aplicación de todos los criterios, se deshará el
mismo mediante sorteo público del cual se informará a los aspirantes interesados.
Séptimo. Menciones honoríficas y accésits.
1. S
 e concederán menciones honoríficas para aquel alumnado que habiendo participado no
haya obtenido premio y cuya calificación en su expediente académico sea igual o superior
a 9’5 puntos, así como para los aspirantes que no hayan sido ganadores de premio extraordinario por sorteo. La obtención de una de estas menciones no da opción a concurrir
al correspondiente Premio Nacional.
2. Podrá declararse desierto alguno de los premios, en el caso de que no concurra alumnado de una
o varias familias profesionales existentes en Extremadura. En tal caso, y con las cantidades económicas sobrantes, podrán concederse accésits con una dotación económica del 50% del importe
del premio entre el alumnado que haya sido distinguido con una mención honorífica, por estricto
orden de calificación en su expediente académico, hasta agotar el crédito disponible.
Octavo. Resolución.
1. L
 a Comisión de Valoración publicará en el Portal Educativo Extremeño (Educarex) la relación provisional con las puntuaciones obtenidas, para que en el plazo de 10 días las personas interesadas presenten las reclamaciones que consideren oportunas. Una vez atendidas
estas, la comisión publicará en el mismo lugar la relación definitiva. Las reclamaciones
desestimadas serán notificadas a los interesados con indicación del motivo.
2. L
 a Comisión de Valoración emitirá un informe vinculante sobre el que el Servicio de Coordinación Educativa realizará la propuesta de adjudicación de los premios al Secretario General de Educación para su resolución, en virtud de la delegación de competencias efectuada
por el Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo.
3. L
 a resolución de concesión de los premios deberá ser dictada, notificada a los premiados y
publicada en el Diario Oficial de Extremadura en el plazo máximo de tres meses desde la
publicación de la convocatoria de dichos premios. Transcurrido dicho plazo sin que se haya
notificado la resolución se podrá entender desestimada la solicitud.
4. L
 a resolución también será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, en la forma establecida en los artículos 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
5. Además, debe ser publicada en el Portal de Transparencia, de conformidad con el artículo
11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y la Orden de 11
de abril de 2016, por la que se establece el procedimiento para la publicación de información en el Portal de la Transparencia y la Participación Ciudadana de Extremadura.