Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061454)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de almazara y balsa de evaporación de aguas oleosas, cuya promotora es Olivos del Búrdalo, SL, en el término municipal de Miajadas. Expte.: IA22/1250.
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NÚMERO 78
Martes 25 de abril de 2023

26765

• Con fecha 24 de noviembre de 2022 se recibe informe favorable emitido por la Dirección
General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural indicando que dicho proyecto no
presenta incidencias sobre el Patrimonio Arqueológico conocido, recogiendo una medida
preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado que ha sido
incluida en el presente informe de impacto ambiental.
• El Ayuntamiento de Miajadas emite informe favorable con fecha 1 de diciembre de 2022.
• Con fecha 31 de enero de 2023 se recibe informe de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana en el que se indica que la actuación se sitúa a más de 100 metros de algún
cauce, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH
del Estado. El proyecto requiere un volumen de agua que asciende a la cantidad de 484
m3/año. Se indica asimismo que el aporte de agua se realiza a través de la red general
de abastecimiento de agua de la localidad de Miajadas. Por último, se hace una serie de
indicaciones de carácter general sobre vertidos al dominio público hidráulico.
• Con fecha 1 de marzo de 2023 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas emite informe favorable sobre la actividad solicitada, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a los lugares incluidos en la Red
Natura 2000, siempre que se cumplan una serie de medidas preventivas, correctoras y
complementarias, las cuales han sido tenidas en cuenta en el presente informe de impacto ambiental.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
La actividad pretendida es una almazara y balsa de evaporación de aguas oleosas.
La actividad a desarrollar en el consiste en la producción de aceite de oliva, su almacenamiento, así como la expedición del producto terminado bien envasado o a granel. Se
procederá a la gestión de las aguas de proceso en la propia parcela mediante balsa de
evaporación.