Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061454)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de almazara y balsa de evaporación de aguas oleosas, cuya promotora es Olivos del Búrdalo, SL, en el término municipal de Miajadas. Expte.: IA22/1250.
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NÚMERO 78
Martes 25 de abril de 2023
26772
para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal técnico
de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la zona que
darán las indicaciones oportunas.
• Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Miajadas y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas
materias.
b. Medidas en fase de construcción.
• Previamente al inicio de las obras se procederá al replanteo y jalonamiento de toda la
superficie ocupada para así evitar daños a zonas adyacentes.
• Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales. Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra, se evitará generar explanaciones fuera de la zona de actuación.
• Se procederá a la restitución morfológica y descompactación de los terrenos afectados por excavación de zanjas, nuevos colectores, explanaciones, etc., principalmente
mediante el aporte de tierra vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases
iniciales de obra. Los sobrantes de tierra vegetal procedentes de la excavación para la
conducción serán esparcidos en las inmediaciones del trazado de las tuberías y se irá
rellenando y restaurando a medida que avance la obra.
• La balsa deberá ir protegida con cerramiento perimetral. La instalación, modificación
o reposición de cerramientos, tanto de las balsas, como del perimetral de las instalaciones, requerirá la correspondiente solicitud de autorización por la Dirección General
de Sostenibilidad, conforme a los modelos que figuran en los anexos del Decreto
226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
• No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.
• Los movimientos de tierras, en caso de ser necesarios, serán los descritos en el proyecto. Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre
Martes 25 de abril de 2023
26772
para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal técnico
de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la zona que
darán las indicaciones oportunas.
• Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Miajadas y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas
materias.
b. Medidas en fase de construcción.
• Previamente al inicio de las obras se procederá al replanteo y jalonamiento de toda la
superficie ocupada para así evitar daños a zonas adyacentes.
• Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales. Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra, se evitará generar explanaciones fuera de la zona de actuación.
• Se procederá a la restitución morfológica y descompactación de los terrenos afectados por excavación de zanjas, nuevos colectores, explanaciones, etc., principalmente
mediante el aporte de tierra vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases
iniciales de obra. Los sobrantes de tierra vegetal procedentes de la excavación para la
conducción serán esparcidos en las inmediaciones del trazado de las tuberías y se irá
rellenando y restaurando a medida que avance la obra.
• La balsa deberá ir protegida con cerramiento perimetral. La instalación, modificación
o reposición de cerramientos, tanto de las balsas, como del perimetral de las instalaciones, requerirá la correspondiente solicitud de autorización por la Dirección General
de Sostenibilidad, conforme a los modelos que figuran en los anexos del Decreto
226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
• No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.
• Los movimientos de tierras, en caso de ser necesarios, serán los descritos en el proyecto. Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre