Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061409)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Arranque de jaras y cambio de suelo forestal a pastos", en los términos municipales de Don Benito y Manchita (Badajoz), cuyo promotor es Leopoldo Gómez-Coronado Fernández. Expte.: IA22/0110.
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NÚMERO 77

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Lunes 24 de abril de 2023

RELACIÓN DE CONSULTADOS

RESPUESTAS

Servicio de Infraestructuras del Medio Rural. Secretaría General de Población y Desarrollo Rural.

X

A continuación, se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en los
informes recibidos.
1. C
 on fecha 5 de septiembre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas, emite informe de afección a la Red Natura 2000 y sobre la biodiversidad, emitido por la Dirección General de Sostenibilidad (CN22/2839/12), en el que se
indica que la actividad solicitada se localiza fuera de la Red Natura 2000, incluyendo los
valores naturales existentes e informando favorablemente la actividad solicitada, ya que
no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura
2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan una serie de medidas, las cuales han sido incorporadas al presente
informe.
2. C
 on fecha 11 de mayo de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el que indica que de cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que
pudiera verse afectado durante el transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo una
serie de medidas preventivas con carácter previo a la ejecución de las obras, las cuales
se han incorporado en el presente informe.
3. L
 a Confederación Hidrográfica del Guadiana, emite informe con fecha 6 de octubre de
2022, respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales
o a los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico (DPH) y en sus zonas
de servidumbre, policía y zonas inundables, en el que hacen las siguientes indicaciones
en el ámbito de sus competencias:


— Cauces, zona de servidumbre, zona de policía y zonas inundables. Por el interior de
las zonas de actuación planteadas discurren el arroyo de las Dos Fuentes, arroyo del
Escobar, arroyo del Chaparral y arroyo de Marigarcía, entre otros, que constituyen
el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas
(TRLA), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Se establecen obligaciones de solicitud de autorizaciones previas para aquellas obras que se
realicen en el DPH y sus zonas de servidumbre o policía, todas ellas incorporadas al
presente informe.