Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061417)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de una superficie de 30,5353 ha de cultivo leñoso (olivar), en el paraje Pozo Porquero", a ubicar en el término municipal de Monterrubio de la Serena, cuyo promotor es Diego Juan Tena García. Expte.: IA19/1286.
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NÚMERO 76
Viernes 21 de abril de 2023
25994
3.3.4. Fauna.
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son: Lince ibérico (Lynx pardinus). Catalogado “En peligro de extinción” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (Decreto 37/2001).
Por otra parte, pese a que la finca está en zona de importancia según el plan de recuperación del lince ibérico. No obstante, este órgano no tiene localizado ningún ejemplar
en la zona.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de
las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.
3.3.5. Vegetación.
Existe vegetación natural en la zona de actuación con vegetación forestal (recinto 1 de
la parcela 24 y recintos 1, 5 y 6 de la parcela 30 la cual será respetada, por lo demás
no existirá vegetación, exceptuando pequeñas zonas cercas de las lindes, tratándose de
una parcela dedicada al cultivo de olivar desde los años 80.
Al tratarse de terrenos agrícolas ya consolidados, no existe una afección directa o indirecta sobre la vegetación herbácea natural.
Se excluirán dichos recintos de vegetación forestal y se propondrán medidas de obligado cumplimiento para proteger y fomentar la aparición de vegetación natural de carácter espontáneo en las lindes de la zona de actuación, para que con ello el impacto sea
de carácter compatible.
3.3.6. Paisaje.
El impacto sobre el paisaje será mínimo teniendo en cuenta que se trata de terrenos de
cultivo históricamente.
3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los trabajos de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos
orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
Viernes 21 de abril de 2023
25994
3.3.4. Fauna.
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son: Lince ibérico (Lynx pardinus). Catalogado “En peligro de extinción” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (Decreto 37/2001).
Por otra parte, pese a que la finca está en zona de importancia según el plan de recuperación del lince ibérico. No obstante, este órgano no tiene localizado ningún ejemplar
en la zona.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de
las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.
3.3.5. Vegetación.
Existe vegetación natural en la zona de actuación con vegetación forestal (recinto 1 de
la parcela 24 y recintos 1, 5 y 6 de la parcela 30 la cual será respetada, por lo demás
no existirá vegetación, exceptuando pequeñas zonas cercas de las lindes, tratándose de
una parcela dedicada al cultivo de olivar desde los años 80.
Al tratarse de terrenos agrícolas ya consolidados, no existe una afección directa o indirecta sobre la vegetación herbácea natural.
Se excluirán dichos recintos de vegetación forestal y se propondrán medidas de obligado cumplimiento para proteger y fomentar la aparición de vegetación natural de carácter espontáneo en las lindes de la zona de actuación, para que con ello el impacto sea
de carácter compatible.
3.3.6. Paisaje.
El impacto sobre el paisaje será mínimo teniendo en cuenta que se trata de terrenos de
cultivo históricamente.
3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los trabajos de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos
orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.