Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061323)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora y modernización de la red de riego de la Comunidad de Regantes del Canal de Orellana Vegas Altas III, ubicado en los sectores XXXII, XXXIV y XXXV de la zona regable del Canal de Orellana", en el término municipal de Santa Amalia (Badajoz), cuya promotora es la Comunidad de Regantes del Canal de Orellana Vegas Altas III. Expte.: IA22/0755.
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NÚMERO 75
Jueves 20 de abril de 2023

25583

— La zona de actuación se ubica dentro de la zona Regable de Orellana, por tanto, deberán
respetarse todas las infraestructuras de regadío gestionadas por el organismo de cuenca (Confederación Hidrográfica del Guadiana), así como sus zonas expropiadas.
— Queda prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento
del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización.
— Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios
de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el
proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria, apertura de nuevos accesos,
etc. Todas las zonas de préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares
deberán contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso
de ser necesario.
— En relación con los cerramientos, resulta aplicable el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre,
por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los
cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas e
infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así como
evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán quedar,
bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón, tierras, restos metálicos, restos de tuberías, etc., debiendo proceder a gestionarlos según la legislación correspondiente. La totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán
integradas en el entorno.
— Para favorecer el arraigue y desarrollo de la vegetación, se llevará a cabo una descompactación de todas las zonas de tránsito de vehículos para oxigenar el suelo y mejorar
su capacidad de absorción de agua y nutrientes.
— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la
maquinaria de la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su
evacuación y tratamiento por gestor autorizado.
— Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas unidades de
obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de contaminación de aguas
subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros compuestos. Se recomienda
una gestión adecuada de estos residuos que evite la contaminación de las aguas.