Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2023061146)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2023/2024.
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NÚMERO 75
Jueves 20 de abril de 2023

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RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Formación
Profesional y Formación para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria
de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo
de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso
2023/2024. (2023061146)
El Decreto 51/2015, de 30 de marzo, establece las bases reguladoras de las ayudas para la
realización de Programas de Aprendizaje a lo Largo de la Vida en la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE núm. 64, de 6 de abril).
Estas ayudas tienen por finalidad colaborar en la oferta a las personas adultas de programas
educativos no formales de aprendizaje, por parte de las corporaciones locales, bien directamente o a través de las mancomunidades de municipios, así como de las entidades privadas
sin ánimo de lucro.
De acuerdo con lo anterior, la presente resolución procede a convocar ayudas para la realización de Programas de Aprendizaje a lo Largo de la Vida en la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el curso 2023/2024, para la modalidad A.
Por otro lado, la publicación de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más
ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 69, de 9 de abril) ha venido a
modificar la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en relación al procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva, que adoptará la forma y se efectuará por los órganos que corresponda conforme a lo establecido en el artículo 23.1 de la ley, en este caso, el procedimiento
para la concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada
por resolución de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Educación
y Empleo. Esta competencia para convocar subvenciones ha sido delegada en la Dirección
General de Formación Profesional y Formación para el Empleo mediante Resolución de 13 de
noviembre de 2019, publicada en el DOE núm. 223, de 19 de noviembre.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad el artículo 33.5 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y
para la prestación útil de los servicios públicos (DOE n.º 229, de 29 de noviembre) que modifica el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y siendo el importe total de la convocatoria inferior a 900.000 euros,
no es necesaria la previa autorización del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.