Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061342)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para la formalización de una transferencia específica plurianual al Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) para la realización de las líneas de actuación LA1, LA2, LA3, LA4 del programa de I+D+I, en el área Agroalimentación, incluida en la medida de inversión I1 Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas, que forman parte del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y financiada con los fondos Next Generation EU.
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NÚMERO 75
Jueves 20 de abril de 2023

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Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos
por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la Sección 3ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de
empate. El ejercicio de las funciones de secretaría de la Comisión de Seguimiento corresponderá a una de las personas representantes de CICYTEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
— Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente
transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar. La Comisión de Seguimiento será la encargada de solicitar, según
proceda,ante el Comité de Coordinación del Programa o la Comisión de Seguimiento del
mencionado Acuerdo del Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación y las
posibles redistribuciones del gasto entre partidas.
— Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
— Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar CICYTEX la disponibilidad de la información.
— Aprobar las modificaciones de los criterios preestablecidos para la determinación de los
hitos/objetivos cuando contribuyan a un mejor control y seguimiento del Programa.
— Aprobar la tramitación de la correspondiente adenda a este convenio una vez esté autorizado por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo del Consejo de Política Científica, Tecnológica
y de Innovación las modificaciones de las partidas presupuestarias superiores al 20 %.
Décimotercera. Eficacia, duración y resolución.
1. L
 a eficacia del presente convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta
el 30 de septiembre de 2025.