Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energías Renovables. Subvenciones. (2023040072)
Extracto de la convocatoria para la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial. Programa de incentivos 1.
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NÚMERO 75
Jueves 20 de abril de 2023

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EXTRACTO de la convocatoria para la realización de instalaciones de energías
renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y
otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial. Programa de
incentivos 1. (2023040072)
BDNS(Identif.): 687574
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
1. S
 erán beneficiarios de las ayudas aquellos sujetos cuyas actuaciones por la que soliciten
subvención queden ubicadas en la comunidad autónoma de Extremadura, siempre que
realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado,
pudiendo ser beneficiarios los siguientes sujetos:
1º. Personas físicas.
2º. Personas jurídicas.
3º. Cualquier entidad del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones
privadas sin ánimo de lucro.
4º. Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica.
2. Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales, las entidades locales menores y las mancomunidades, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes tanto de la administración local como autonómica, podrán acceder a la
condición de beneficiarios de las ayudas como representantes de agrupaciones de personas
jurídicas, públicas o privadas, propietarios de instalaciones del sector servicios u otros sectores de la economía previstos por los programas de incentivos aprobados por el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan
llevar a cabo la ejecución de las correspondientes actuaciones subvencionables correspondientes, debiendo cumplirse, en todo caso, lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo
11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 10.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Cuando entre los sujetos