Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061240)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y el operador de telecomunicación Telefónica de España, SAU, por el que se establece el marco de actuación conjunta en la gestión de las subvenciones para el programa del bono social dirigido a colectivos vulnerables en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 73
Martes 18 de abril de 2023

24874

Agenda Digital y el operador Telefónica de España, SAU, que se adhiere al programa de ayudas, en la gestión para la contratación de servicios de conexión de banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Segunda. Régimen jurídico.
Este convenio de colaboración establece el marco de actuación conjunta en la gestión de las
subvenciones para el programa del bono social dirigido a colectivos vulnerables en la Comunidad Autónoma de Extremadura, acogido al Decreto 153/2022, de 21 de diciembre, por el
que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a colectivos vulnerables para
la contratación de servicios de conexión de banda ancha o el incremento de la velocidad de
los ya contratados, a través de operadores adheridos al programa de ayudas y se aprueba la
única convocatoria (D.O.E. núm. 36, de 22 de febrero), su corrección de errores (D.O.E. núm.
40, de 28 de febrero) y su corrección de errores (D.O.E. núm. 42, de 2 de marzo).
Además de por lo dispuesto en el citado Decreto, se aplicarán las previsiones establecidas en
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y normativa de desarrollo; así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de
21 de julio.
Será también de aplicación el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se
aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos
vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Tercera. Operadores-colaboradores adheridos.
1. L
 as actuaciones subvencionadas a que se refiere el artículo 4 del decreto que da origen
a este convenio, deben llevarse a cabo por operadores de comunicaciones electrónicas
adheridos para participar en el presente programa de ayudas. En estas actuaciones podrán colaborar aquellos operadores que presten, en todos o en alguno de los municipios o
localidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura, servicios de conexión a internet
en redes de banda ancha con una velocidad de al menos 30 Mbit por segundo en sentido
descendente, y que cumplan el resto de los requisitos exigidos por la legislación en materia
de telecomunicaciones.