Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061291)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada del proyecto de planta de producción de diamantes sintéticos, promovido por Diamond Foundry Europe, SL, en el término municipal de Trujillo.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023
24730
esos límites”. Sin embargo, se menciona que dicha afectación al exterior se debe al
cálculo de las consecuencias sin tener en cuenta ninguna medida de protección frente a la radiación térmica generada. “En el momento que haya alguna barrera física,
como pueden ser los propios cerramientos del establecimiento o las edificaciones del
entorno, o se establezca alguna medida de actuación al respecto, estas distancias
se reducen considerablemente, siendo el riesgo real sobre el exterior muy reducido”
por el incendio. Aunque no se determinan dichas medidas, que deberán establecerse
previo al inicio de la actividad.
- Cabe mencionar igualmente que el estudio no indica la posibilidad del efecto dominó
ni determina la existencia de elementos vulnerables en la zona, habida cuenta que
según sus cálculos las posibilidades de afección al exterior son nulas.
- Se aportan las matrices de riesgos, exponiéndose los efectos considerados sobre los
factores en las tres fases del proyecto.
De conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se
modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se informa que la
documentación aportada se ajusta a las directrices que esta Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior entiende deben ser tenidas en cuenta para la elaboración del documento de “Vulnerabilidad del Proyecto”, siendo el titular del establecimiento,
responsable de la veracidad y los cálculos presentados, y debiendo cumplir y desarrollar
las medidas establecidas en dicho documento, necesarias para el inicio de la actividad.
Lo que se informa a los efectos oportunos en la tramitación del expediente, teniendo en
cuenta las observaciones al estudio de vulnerabilidad presentado.
Revisado el EsIA, los informes emitidos y alegaciones formuladas al proyecto de referencia
y la documentación complementaria aportada por la promotora, con toda la información
hasta aquí recabada se elabora la presente declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
En el apartado 3 del EsIA se incluye un examen de alternativas, que se resume a
continuación:
1. Alternativas de la planta de fabricación.
• Alternativa 0 o sin proyecto.
• Alternativas de producción.
Lunes 17 de abril de 2023
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esos límites”. Sin embargo, se menciona que dicha afectación al exterior se debe al
cálculo de las consecuencias sin tener en cuenta ninguna medida de protección frente a la radiación térmica generada. “En el momento que haya alguna barrera física,
como pueden ser los propios cerramientos del establecimiento o las edificaciones del
entorno, o se establezca alguna medida de actuación al respecto, estas distancias
se reducen considerablemente, siendo el riesgo real sobre el exterior muy reducido”
por el incendio. Aunque no se determinan dichas medidas, que deberán establecerse
previo al inicio de la actividad.
- Cabe mencionar igualmente que el estudio no indica la posibilidad del efecto dominó
ni determina la existencia de elementos vulnerables en la zona, habida cuenta que
según sus cálculos las posibilidades de afección al exterior son nulas.
- Se aportan las matrices de riesgos, exponiéndose los efectos considerados sobre los
factores en las tres fases del proyecto.
De conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se
modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se informa que la
documentación aportada se ajusta a las directrices que esta Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior entiende deben ser tenidas en cuenta para la elaboración del documento de “Vulnerabilidad del Proyecto”, siendo el titular del establecimiento,
responsable de la veracidad y los cálculos presentados, y debiendo cumplir y desarrollar
las medidas establecidas en dicho documento, necesarias para el inicio de la actividad.
Lo que se informa a los efectos oportunos en la tramitación del expediente, teniendo en
cuenta las observaciones al estudio de vulnerabilidad presentado.
Revisado el EsIA, los informes emitidos y alegaciones formuladas al proyecto de referencia
y la documentación complementaria aportada por la promotora, con toda la información
hasta aquí recabada se elabora la presente declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
En el apartado 3 del EsIA se incluye un examen de alternativas, que se resume a
continuación:
1. Alternativas de la planta de fabricación.
• Alternativa 0 o sin proyecto.
• Alternativas de producción.