Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. Subvenciones. (2023061254)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2023, la convocatoria de subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023
24533
La Ley 5/2022, de 22 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta
administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, ha
modificado el artículo 12,8 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en los siguientes términos: “La justificación de estar al corriente en las
obligaciones tributarias, con la seguridad social o no tener deudas con la Hacienda
Autonómica será consultada o recabada de oficio por la Administración, siempre que conste
en el procedimiento el consentimiento expreso del interesado. En otro caso, el interesado
deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo
de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se
establezca otro plazo.”
AUTORIZO
EXPRESAMENTE
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones
fiscales con la Hacienda del Estado.
NO AUTORIZO
A que el órgano gestor pueda recabar de oficio los datos que
acrediten que el solicitante se encentra al corriente de sus
obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, APORTANDO
por ello certificado que acredite que la entidad solicitante de la
ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con
la Hacienda del Estado.
AUTORIZO
EXPRESAMENTE
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones
fiscales con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
NO AUTORIZO
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de sus
obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. APORTANDO por ello certificado
que acredite que la entidad solicitante se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
AUTORIZO
EXPRESAMENTE
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones
fiscales con la Tesorería General de la Seguridad Social.
NO AUTORIZO
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de sus
obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
APORTANDO certificado que acredita que la entidad solicitante
se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Tesorería
General de la Seguridad Social.
Lunes 17 de abril de 2023
24533
La Ley 5/2022, de 22 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta
administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, ha
modificado el artículo 12,8 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en los siguientes términos: “La justificación de estar al corriente en las
obligaciones tributarias, con la seguridad social o no tener deudas con la Hacienda
Autonómica será consultada o recabada de oficio por la Administración, siempre que conste
en el procedimiento el consentimiento expreso del interesado. En otro caso, el interesado
deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo
de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se
establezca otro plazo.”
AUTORIZO
EXPRESAMENTE
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones
fiscales con la Hacienda del Estado.
NO AUTORIZO
A que el órgano gestor pueda recabar de oficio los datos que
acrediten que el solicitante se encentra al corriente de sus
obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, APORTANDO
por ello certificado que acredite que la entidad solicitante de la
ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con
la Hacienda del Estado.
AUTORIZO
EXPRESAMENTE
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones
fiscales con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
NO AUTORIZO
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de sus
obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. APORTANDO por ello certificado
que acredite que la entidad solicitante se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
AUTORIZO
EXPRESAMENTE
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones
fiscales con la Tesorería General de la Seguridad Social.
NO AUTORIZO
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de sus
obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
APORTANDO certificado que acredita que la entidad solicitante
se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Tesorería
General de la Seguridad Social.