Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061236)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y el operador de telecomunicación Núñez 99, SLU, por el que se establece el marco de actuación conjunta en la gestión de las subvenciones para el programa del bono social dirigido a colectivos vulnerables en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023
24439
• La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda
Digital, abonará por cesión de los beneficiarios al operador mediante transferencias
bancarias a la cuenta designada por éste, el importe subvencionado, en tres pagos de
forma cuatrimestral a periodo vencido.
• El beneficiario, contratante de la conexión a Internet incentivada, abonará mediante
el cargo en cuenta la diferencia hasta el 100% del coste de la conexión.
Junto a los datos de las diferentes ofertas los operadores deberán remitir a los gestores
del programa, un modelo del recibo o factura que se cargará al beneficiario de la ayuda.
4.5. Gestión de los Incentivos.
Los operadores participarán en las siguientes fases del proceso de justificación de
la ayuda:
• Contratación y Alta de la Conexión de banda ancha.
• Presentación de la solicitud de liquidación conforme al modelo del anexo III y el certificado firmado digitalmente por el representante legal del operador en el que se refleje la información para cada una de las personas beneficiarias indicada en las bases
reguladoras.
Abierto el plazo de presentación de solicitudes los operadores deberán poner a disposición
de los posibles solicitantes, sus teléfonos y páginas web de información específicos, al
objeto de informarles de las ofertas que tienen a su disposición.
El solicitante de la ayuda, una vez transcurrido el plazo de un mes desde la publicación
del Decreto y la convocatoria en el DOE, seleccionará aquel operador que desee contratar
y realizará la contratación.
La contratación del servicio con las entidades colaboradoras se llevará a cabo en el plazo
de quince días naturales siguientes desde la notificación de la resolución de concesión.
Transcurrido este plazo sin haberse efectuado la contratación de la conexión, quedará
sin efecto la solicitud de la ayuda. La conexión contratada fuera del plazo establecido no
podrá ser objeto de incentivación.
El operador deberá realizar el siguiente proceso para la contratación y alta de la conexión
a Internet:
Lunes 17 de abril de 2023
24439
• La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda
Digital, abonará por cesión de los beneficiarios al operador mediante transferencias
bancarias a la cuenta designada por éste, el importe subvencionado, en tres pagos de
forma cuatrimestral a periodo vencido.
• El beneficiario, contratante de la conexión a Internet incentivada, abonará mediante
el cargo en cuenta la diferencia hasta el 100% del coste de la conexión.
Junto a los datos de las diferentes ofertas los operadores deberán remitir a los gestores
del programa, un modelo del recibo o factura que se cargará al beneficiario de la ayuda.
4.5. Gestión de los Incentivos.
Los operadores participarán en las siguientes fases del proceso de justificación de
la ayuda:
• Contratación y Alta de la Conexión de banda ancha.
• Presentación de la solicitud de liquidación conforme al modelo del anexo III y el certificado firmado digitalmente por el representante legal del operador en el que se refleje la información para cada una de las personas beneficiarias indicada en las bases
reguladoras.
Abierto el plazo de presentación de solicitudes los operadores deberán poner a disposición
de los posibles solicitantes, sus teléfonos y páginas web de información específicos, al
objeto de informarles de las ofertas que tienen a su disposición.
El solicitante de la ayuda, una vez transcurrido el plazo de un mes desde la publicación
del Decreto y la convocatoria en el DOE, seleccionará aquel operador que desee contratar
y realizará la contratación.
La contratación del servicio con las entidades colaboradoras se llevará a cabo en el plazo
de quince días naturales siguientes desde la notificación de la resolución de concesión.
Transcurrido este plazo sin haberse efectuado la contratación de la conexión, quedará
sin efecto la solicitud de la ayuda. La conexión contratada fuera del plazo establecido no
podrá ser objeto de incentivación.
El operador deberá realizar el siguiente proceso para la contratación y alta de la conexión
a Internet: