Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061235)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y el operador de telecomunicación Fibritel Telecomunicaciones, SL, por el que se establece el marco de actuación conjunta en la gestión de las subvenciones para el programa del bono social dirigido a colectivos vulnerables en la Comunidad Autónoma de Extremadura
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NÚMERO 72

24420

Lunes 17 de abril de 2023

núm. 214, de 6 de noviembre), ejerce las competencias en materia de modernización e innovación tecnológica, sociedad de la información, investigación y telecomunicaciones.
A tenor de lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y en el artículo 7 del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre), corresponde a la Dirección General de Agenda Digital, bajo la superior dirección de la
persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo
59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, la programación coordinación y gobernanza de la Agenda Digital
de Extremadura así como las competencias en materia de telecomunicaciones y conectividad
y que impulsen la cohesión del territorio.
Segundo. En el ámbito de estas acciones se encuadran las ayudas reguladas en el Decreto
153/2022, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a colectivos vulnerables para la contratación de servicios de conexión de banda ancha
o el incremento de la velocidad de los ya contratados, a través de operadores adheridos al
programa de ayudas y se aprueba la única convocatoria.
Tercero. Que Fibritel Telecomunicaciones, SL, declara su interés en colaborar con la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura en el desarrollo de
las acciones descritas en el Decreto 153/2022, de 21 de diciembre, manifestando que no se
encuentra incurso en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impidan la
obtención de la condición de entidad colaboradora.
Cuarto. El presente convenio de colaboración pretende establecer las bases y los mecanismos que permitan llevar a cabo la gestión de las subvenciones reguladas en el Decreto
anteriormente mencionado, facilitando las actuaciones de los ciudadanos y agilizando los
procedimientos de gestión para el mejor logro de los objetivos previstos.
En virtud de lo anteriormente expuesto, las partes de común acuerdo convienen las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco jurídico para la actuación conjunta de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital a través de la Dirección General