Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061276)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la puesta en marcha de los Programas para la Promoción de Marcas y Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas para el periodo 2023-2026.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023
24368
Se tendrán en cuenta los gastos por dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado
a la transferencia, así como otros gastos generales necesarios para el desempeño de las
funciones del técnico.
2. L
as relaciones laborales del personal adscrito al convenio estarán en el ámbito de aplicación
del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades
filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente” o aquel que lo sustituya,
(en adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (Resolución de 18 de julio de 2018,
de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de
Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
se dispone la publicación del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante,
SLU y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente”), y
en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resultasen
de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al convenio se desarrollará en jornada completa y
se regirá por lo establecido en el artículo 20 del II Convenio Colectivo Extremadura Avante.
3. S
e podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actividades previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y en cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público.
Quinta. Obligaciones de las partes.
1. M
ediante la firma de este convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU, ejecutará los Programas para la promoción de Marcas y Denominaciones de Origen e
Indicaciones Geográficas Protegidas para el periodo 2023-2026, con arreglo al detalle de
actividades y operaciones que figura en el Anexo I, observando para ello las instrucciones
de justificación que figuran en el Anexo II.
2. L
a Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital realizará las funciones de coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión y verificación de las actividades que en el ámbito del presente convenio sean desarrolladas por Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
3. A
mbas partes se comprometen a hacer constar las señas de identidad de la Junta de Extremadura y de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, en cuantas acciones
de difusión pública se realicen en el desarrollo de las actividades previstas. Igualmente se
Lunes 17 de abril de 2023
24368
Se tendrán en cuenta los gastos por dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado
a la transferencia, así como otros gastos generales necesarios para el desempeño de las
funciones del técnico.
2. L
as relaciones laborales del personal adscrito al convenio estarán en el ámbito de aplicación
del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades
filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente” o aquel que lo sustituya,
(en adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (Resolución de 18 de julio de 2018,
de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de
Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
se dispone la publicación del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante,
SLU y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente”), y
en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resultasen
de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al convenio se desarrollará en jornada completa y
se regirá por lo establecido en el artículo 20 del II Convenio Colectivo Extremadura Avante.
3. S
e podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actividades previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y en cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público.
Quinta. Obligaciones de las partes.
1. M
ediante la firma de este convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU, ejecutará los Programas para la promoción de Marcas y Denominaciones de Origen e
Indicaciones Geográficas Protegidas para el periodo 2023-2026, con arreglo al detalle de
actividades y operaciones que figura en el Anexo I, observando para ello las instrucciones
de justificación que figuran en el Anexo II.
2. L
a Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital realizará las funciones de coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión y verificación de las actividades que en el ámbito del presente convenio sean desarrolladas por Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
3. A
mbas partes se comprometen a hacer constar las señas de identidad de la Junta de Extremadura y de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, en cuantas acciones
de difusión pública se realicen en el desarrollo de las actividades previstas. Igualmente se