Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061289)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación sustancial, para almazara, promovida por Cooperativa Nuestra Señora de Perales, en el término municipal de Arroyo de San Serván.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023
24577
- f - Solicitud de inicio de actividad y puesta en servicio
1. E
n el caso de que el proyecto o actividad no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el
plazo de cinco años (5 años), a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la Dirección
General de Sostenibilidad previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la AAU,
conforme a lo establecido en el artículo 23.a) de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
entro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir
a la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de inicio de la actividad según lo dispuesto
en el artículo 19 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada en dicho
artículo, y en particular:
a) La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación.
b) Licencia de obra otorgada por el Ayuntamiento de Arroyo de San Serván, en caso de que
hubiera sido preceptiva.
c) Acreditación de la correcta gestión de todas las aguas residuales y autorización de vertidos a red de saneamiento municipal otorgada por el Ayuntamiento de Arroyo de San
Serván.
- g - Vigilancia y seguimiento
Residuos producidos:
1. E
l titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos generados:
— Entre el contenido del registro de residuos no peligrosos deberá constar la cantidad,
naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.
— El contenido del registro, en lo referente a residuos peligrosos, deberá ajustarse a lo
establecido en el artículo 17 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos
y peligrosos.
2. E
n su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su valorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento
de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
Lunes 17 de abril de 2023
24577
- f - Solicitud de inicio de actividad y puesta en servicio
1. E
n el caso de que el proyecto o actividad no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el
plazo de cinco años (5 años), a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la Dirección
General de Sostenibilidad previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la AAU,
conforme a lo establecido en el artículo 23.a) de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
entro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir
a la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de inicio de la actividad según lo dispuesto
en el artículo 19 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada en dicho
artículo, y en particular:
a) La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación.
b) Licencia de obra otorgada por el Ayuntamiento de Arroyo de San Serván, en caso de que
hubiera sido preceptiva.
c) Acreditación de la correcta gestión de todas las aguas residuales y autorización de vertidos a red de saneamiento municipal otorgada por el Ayuntamiento de Arroyo de San
Serván.
- g - Vigilancia y seguimiento
Residuos producidos:
1. E
l titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos generados:
— Entre el contenido del registro de residuos no peligrosos deberá constar la cantidad,
naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.
— El contenido del registro, en lo referente a residuos peligrosos, deberá ajustarse a lo
establecido en el artículo 17 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos
y peligrosos.
2. E
n su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su valorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento
de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.