Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061267)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) préstamo Hoyo Labrado", en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA22/0807.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023

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— Sobre el agua.
El ámbito de actuación pertenece a la Cuenca Hidrográfica del Tajo. Existe un curso de
agua a 96 metros de la actuación. Las principales afecciones se deberán a posibles vertidos, tanto directos de la maquinaria o del desprendimiento del material extraído como
indirectos por el arrastre de sustancias contaminantes o de partículas hacia los cauces
como consecuencia su vertido sobre el suelo.
Dado el sistema de explotación previsto no se prevé que se produzcan vertidos sobre el
medio hídrico. No obstante, se adoptarán las medidas preventivas oportunas para evitar
cualquier tipo de vertido.
En cuanto a los residuos, los únicos que se podrían generar serían los procedentes de
la maquinaria (aceites usados, grasas, etc.), pero las operaciones de mantenimiento
se llevarán a cabo en la zona destinada para ello dentro del recinto de la obra del LAV
o en talleres autorizados, por lo que no se verterá este tipo de sustancias en la zona
de extracción. Todos los residuos que se generen como consecuencia de la actividad se
gestionarán de forma adecuada en función de su tipología.
Al estar diseñado el método de explotación por encima del nivel freático, este no se verá
afectado por la actuación, por lo que el impacto sobre él será inexistente.
El impacto sobre el medio hídrico se considera por la promotora como moderado.
— Sobre la vegetación.
El efecto más importante que la actividad producirá sobre la vegetación es la destrucción
directa de la misma mediante el desbroce realizado en la fase de preparación.
Por otro lado, las operaciones de manipulación de la maquinaria también influirán sobre
la vegetación, ya que se generará polvo y se emitirán gases contaminantes, existiendo
también riesgo de vertido de materiales.
La vegetación de las zonas donde se pretende ubicar la explotación se basa en que habrá que retirarla previamente para realizar la explotación de recurso. No será necesario
eliminar ninguna especie arbórea autóctona debido a la inexistencia de éstas. Por lo que
este impacto será de pequeña magnitud, y éste disminuirá mediante la aplicación de
medidas preventivas, correctoras y de restauración.
Se valora por la promotora el impacto directo sobre la vegetación, es decir, el derivado
de su eliminación, como moderado. Será un impacto puntual, localizado, cuya magnitud
disminuirá mediante la aplicación de las medidas propuestas, que también extenderá a
la vegetación de las zonas circundantes.