Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Información Pública. (2023061243)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del trámite de consulta, audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la gestión integral de las Comunidades de Regantes de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023

24318

Segundo. El horario y lugar de exposición del citado proyecto de decreto a que se refiere este
anuncio será, durante los días señalados, de 10:00 a 14:00 horas en las dependencias de la
Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio, avenida Luis Ramallo, s/n., de Mérida (Badajoz).
Además, para dar cumplimiento al artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se establece la
posibilidad que tienen los ciudadanos de participar en el procedimientos de elaboración de
las normas con rango de ley y reglamentos, se pone a disposición de la opinión pública y de
los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura
norma la información relacionada con los siguientes aspectos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:
Muchas de las Comunidades de Regantes de Extremadura carecen de los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo adecuadamente las funciones que por
la Ley de Aguas tienen encomendadas. Esto se traduce en la inexistencia, en muchas de
ellas, de la figura profesionalizada de las personas que las integran, del personal técnico
necesario para la explotación de la zona regable y para la mejora y modernización de
sus infraestructuras, así como de los recursos informáticos y materiales para una buena
gestión de las mismas. Todo ello supone una deficitaria gestión técnica y administrativa
del funcionamiento de las Comunidades de Regantes y una deficiente optimización en la
distribución del agua de riego.
Siendo conscientes desde la Junta de Extremadura de estas deficiencias de las Comunidades de Regantes de nuestra Comunidad Autónoma, se hace necesario seguir impulsando la mejora en su gestión integral y como consecuencia de ello, apostar por la
consolidación y el desarrollo de nuestros regadíos.
b) La necesidad y la oportunidad de la aprobación:
A través del presente decreto, se pretende avanzar en la resolución de las deficiencias
descritas en todas las Zonas Regables de Extremadura, mediante la correspondiente
convocatoria en la que puedan presentarse, en régimen de concurrencia competitiva,
las Asociaciones de Comunidades de Regantes, las Federaciones de Comunidades de
Regantes, así como otras Comunidades de Usuarios de aguas (Comunidades Generales
o Juntas Centrales de Usuarios), principalmente vinculadas con el regadío, cuyo ámbito
de actuación se circunscriba, exclusivamente, al territorio de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, que, por sus características, adolezcan de tales deficiencias, debiendo
disponer de la correspondiente concesión de aguas y cumplir con una serie de requisitos.