Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2023060992)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan los premios "Tomás García Verdejo" a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso académico 2022/2023.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023
24118
Sexto. Solicitudes y documentación.
1. L
as solicitudes se presentarán en modelo oficial, anexo I-A, para centros públicos o anexo
I-B, para los centros concertados, de esta resolución.
2. En el caso de centros concertados la solicitud, a tenor de lo establecido en el apartado 8 del
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en su redacción dada por el apartado 2 del artículo 33 de la Ley 5/2022,
de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa
a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, recoge la autorización o
no, para la justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica que será consultada o recabada
de oficio por la administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento
expreso del interesado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha
de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo.
Igualmente dicha solicitud de centros concertados, preverá la declaración responsable de
no estar incurso en las prohibiciones para obtener las condiciones de beneficiario del artículo 12, de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
3. Ambas solicitudes, anexo I-A o anexo I-B, serán suscritas por la dirección del centro, y
estarán acompañadas de la siguiente documentación:
a) C
ertificado de la Secretaría del centro de participación en los Premios, conforme al anexo II.
b) Memoria del trabajo en soporte papel e informático (en formato Open Document–OpenOffice o en formato PDF).
• Dicha documentación irá dirigida al Secretario General de Educación, y podrá ser presentada en cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el anexo a la Resolución
de 23 de abril de 2021, de la Vicepresidencia Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para atender a lo previsto en el artículo 84 bis de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• O, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Viernes 14 de abril de 2023
24118
Sexto. Solicitudes y documentación.
1. L
as solicitudes se presentarán en modelo oficial, anexo I-A, para centros públicos o anexo
I-B, para los centros concertados, de esta resolución.
2. En el caso de centros concertados la solicitud, a tenor de lo establecido en el apartado 8 del
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en su redacción dada por el apartado 2 del artículo 33 de la Ley 5/2022,
de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa
a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, recoge la autorización o
no, para la justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica que será consultada o recabada
de oficio por la administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento
expreso del interesado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha
de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo.
Igualmente dicha solicitud de centros concertados, preverá la declaración responsable de
no estar incurso en las prohibiciones para obtener las condiciones de beneficiario del artículo 12, de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
3. Ambas solicitudes, anexo I-A o anexo I-B, serán suscritas por la dirección del centro, y
estarán acompañadas de la siguiente documentación:
a) C
ertificado de la Secretaría del centro de participación en los Premios, conforme al anexo II.
b) Memoria del trabajo en soporte papel e informático (en formato Open Document–OpenOffice o en formato PDF).
• Dicha documentación irá dirigida al Secretario General de Educación, y podrá ser presentada en cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el anexo a la Resolución
de 23 de abril de 2021, de la Vicepresidencia Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para atender a lo previsto en el artículo 84 bis de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• O, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.