Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023061295)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas a la cosecha en verde de uva para vinificación en la Comunidad Autónoma de Extremadura al amparo del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del Programa de apoyo 2019/2023 al sector vitivinícola español, para la campaña 2023.
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NÚMERO 71

24104

Viernes 14 de abril de 2023

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Que la parte de la parcela receptora de la cosecha está alejada de los cursos de agua
superficiales y de cualquier tipo de pozo o fuente en, al menos, 10 metros, como medida
protectora de la calidad del agua.

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Que la parte de la parcela receptora de la cosecha en verde está alejada al menos 500
metros de núcleos habitados y zonas urbanas, para evitar los malos olores. En caso
contrario, los racimos cosechados en verde se han incorporado inmediatamente al suelo
mediante un somero gradeo o similar.

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Que la aplicación de los racimos cosechados con destino a biodegradación en parcelas
agrícolas tiene en cuenta los nutrientes aportados y las necesidades del cultivo receptor y,
en el caso de zonas vulnerables, la normativa específica vigente aplicable.

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Que la cantidad máxima de racimos cosechados que se han aplicado a las parcelas
agrícolas es de 130 kg de nitrógeno por hectárea, al tratarse de cultivos leñosos, cuando
las aplicaciones en la misma parcela se hayan efectuado espaciadas al menos cada tres
años. En el caso de aplicaciones anuales en una misma parcela agrícola, las cantidades
anteriores se han reducido a un tercio de la dosis máxima. Para el cálculo de las cantidades
máximas de cosecha que pueden aplicarse por hectárea se ha utilizado la composición
estimada de nitrógeno por kilogramo del tipo de fruta más similar de los indicados en el
anexo XI de la Circular de Coordinación FEGA n.º 39/2020, sobre Normas de Coordinación
de los Procedimientos de Gestión de Crisis de los Programas Operativos de las
Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas.

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Que los racimos cosechados en verde se han esparcido preferentemente de forma
homogénea en la parcela agrícola. Posteriormente, esta cosecha se ha incorporado al
suelo en un plazo máximo de cinco días desde su esparcimiento.

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Que se ha comunicado al Servicio de Prevención y Calidad Ambiental, por correo
electrónico (residuos@juntaex.es), con una antelación mínima de 48 horas, el día y la hora
en los cuales se procederá al esparcimiento de fruta para facilitar las labores de vigilancia
y control.

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Que se ha autorizado el acceso a las autoridades competentes, con el fin de comprobar el
cumplimiento del presente condicionado ambiental de la actividad, durante el desarrollo de
las operaciones de esparcimiento de los racimos cosechados.
CLÁUSULA PROTECCIÓN DE DATOS

Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente a la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, en concordancia con la Actividad de Tratamiento correspondiente, incorporada al
Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento
General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
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