Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2023050088)
Orden de 5 de abril de 2023 por la que se convoca el XIII Concurso de Lectura en Público de Extremadura.
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NÚMERO 70
23598
Jueves 13 de abril de 2023
Frecuentemente, se entiende la lectura como un acto individual y privado que proporciona
bienestar. Sin embargo, la lectura en voz alta puede ser, además, una actividad social que
permita que la persona que escucha pueda imaginar o exteriorizar sus emociones y sentimientos. De este modo, la práctica de la lectura con los compañeros y compañeras de clase
o con la familia puede motivar tertulias muy enriquecedoras que favorezcan el desarrollo
personal y social del alumnado.
Además, el pasado 6 de octubre la Consejería de Educación y Empleo publicó la Orden por la
que se regula la gestión y organización de las bibliotecas escolares y desarrollo de los planes
de lectura, escritura y acceso a la información (PLEA) de los centros educativos públicos de
niveles previos a la Universidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura (publicada en el
Diario Oficial de Extremadura n.º 197, de 13 de octubre de 2022). En su capítulo VII, se establece la obligatoriedad de que todos los centros educativos cuenten con un PLEA cuyo objetivo
prioritario debe ser potenciar, entre otros, el desarrollo de la competencia en comunicación
lingüística, además de mejorar el hábito de lectura.
Con estos objetivos, se continúa con la organización del Concurso de Lectura en Público de
Extremadura.
De conformidad con el artículo 3, apartado c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los premios de este Concurso están
excluidos del ámbito de la aplicación misma.
En su virtud, en uso de las competencias que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su artículo
36, y a propuesta de la Secretaría General de Educación,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. L
a presente orden tiene como objeto convocar el XIII Concurso de Lectura en Público de
Extremadura.
2. Este concurso pretende fomentar la lectura en público como vehículo para potenciar el
desarrollo de las competencias clave del alumnado, en especial la comunicación lingüística.
Artículo 2. Destinatarios.
1. Podrá participar el alumnado matriculado en centros educativos sostenidos con fondos
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de 5º y 6º curso de Educación Primaria, que no haya cumplido los trece años, y de cualquier curso de Educación Secundaria
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Jueves 13 de abril de 2023
Frecuentemente, se entiende la lectura como un acto individual y privado que proporciona
bienestar. Sin embargo, la lectura en voz alta puede ser, además, una actividad social que
permita que la persona que escucha pueda imaginar o exteriorizar sus emociones y sentimientos. De este modo, la práctica de la lectura con los compañeros y compañeras de clase
o con la familia puede motivar tertulias muy enriquecedoras que favorezcan el desarrollo
personal y social del alumnado.
Además, el pasado 6 de octubre la Consejería de Educación y Empleo publicó la Orden por la
que se regula la gestión y organización de las bibliotecas escolares y desarrollo de los planes
de lectura, escritura y acceso a la información (PLEA) de los centros educativos públicos de
niveles previos a la Universidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura (publicada en el
Diario Oficial de Extremadura n.º 197, de 13 de octubre de 2022). En su capítulo VII, se establece la obligatoriedad de que todos los centros educativos cuenten con un PLEA cuyo objetivo
prioritario debe ser potenciar, entre otros, el desarrollo de la competencia en comunicación
lingüística, además de mejorar el hábito de lectura.
Con estos objetivos, se continúa con la organización del Concurso de Lectura en Público de
Extremadura.
De conformidad con el artículo 3, apartado c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los premios de este Concurso están
excluidos del ámbito de la aplicación misma.
En su virtud, en uso de las competencias que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su artículo
36, y a propuesta de la Secretaría General de Educación,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. L
a presente orden tiene como objeto convocar el XIII Concurso de Lectura en Público de
Extremadura.
2. Este concurso pretende fomentar la lectura en público como vehículo para potenciar el
desarrollo de las competencias clave del alumnado, en especial la comunicación lingüística.
Artículo 2. Destinatarios.
1. Podrá participar el alumnado matriculado en centros educativos sostenidos con fondos
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de 5º y 6º curso de Educación Primaria, que no haya cumplido los trece años, y de cualquier curso de Educación Secundaria